Votación de la reforma laboral

CEOE se impone a los socios de Sánchez y logra la prioridad del convenio estatal

La patronal consigue mantener la actual estructura territorial de la negociación colectiva, frente a las pretensiones de ERC, PNV o Bildu, que presionaban al Gobierno para priorizar los convenios autonómicos.

Acuerdo para la reforma de las pensiones
CEOE se impone a los socios de Sánchez y logra la prioridad del convenio estatal
EFE

Match ball para la CEOE. La patronal se impone en uno de los asuntos que más habían contaminado las negociaciones de la reforma laboral en los últimos días y consiguen mantener la actual estructura territorial de la negociación colectiva, frente a las pretensiones de los socios del Gobierno (ERC, PNV y Bildu), que estaban presionando a Pedro Sánchez para volver al marco anterior a 2010 y recuperar la prevalencia de los convenios autonómicos frente a los estatales. El Ministerio de Trabajo había introducido esta propuesta en los borradores, pero finalmente ha sido eliminada por la oposición frontal de los empresarios, según se extrae de la documentación a la que ha tenido acceso La Información.

Patronal y sindicatos reúnen este jueves a sus cúpulas para dar el visto bueno definitivo a la reforma laboral que llevan meses negociando con el Gobierno. Las partes han preparado sus respectivos argumentarios para 'vender' a sus bases un paquete de medidas que responden a sus demandas. Y en el de la CEOE aparece como uno de los principales logros haber conseguido que el Ejecutivo elimine la postergación de los convenios sectoriales estatales frente a los autonómicos, una demanda de los socios republicanos catalanes y abertzales vascos a Sánchez que consiste en eliminar un apartado que introdujo José Luis Rodríguez Zapatero en la reforma de 2010 y mantuvo Mariano Rajoy en la de 2012, pero que finalmente no formará parte del paquete de medidas adoptadas, según presumen los empresarios.

La patronal ha conseguido que se mantenga la actual estructura territorial de la negociación colectiva, pero el esquema establecido todavía es susceptible de ser modificado durante la tramitación parlamentaria del real decreto ley que, previsiblemente, llegará al Consejo de Ministros el próximo martes, 28 de diciembre. Y aquí el Ejecutivo corre el riesgo serio de poner en peligro el tramo más cuantioso, de 12.000 millones de euros, de los fondos europeos de recuperación, si atiende a las demandas de sus socios y permite que el Congreso de los Diputados modifique medidas publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y pactadas con la patronal y los sindicatos. 

La patronal, sin embargo, no ha conseguido evitar que se restablezca la prioridad aplicativa del convenio sectorial, que los sindicatos venden en su argumentario interno como un gran logro, aunque de cara a los suyos presumen de haber mitigado el impacto de los cambios al mantener la prioridad aplicativa del convenio de empresa "en todas las materias de flexibilidad, salvo la salarial". También se recupera la ultraactividad de los convenios, para que se prorroguen hasta que sean sustituidos por otros nuevos. Otro tanto para las centrales sindicales, que destacan en su escrito que la ultraactividad no tendrá límites temporales. A cambio, la CEOE consigue que no se toque el apartado de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo por parte de la empresa.

El otro aspecto relacionado con la negociación colectiva que más dolores de cabeza estaba dando a los agentes sociales es la nueva regulación de la subcontratación de obras y servicios. Los sindicatos han conseguido que se aplique el convenio de la empresa que lleve a cabo la subcontrata o de la actividad que realice, impidiendo que se sigan utilizando los convenios de las empresas multiservicios para recortar derechos de los trabajadores, especialmente en materia de salarios. El esquema se estuvo debatiendo hasta el miércoles ya entrada la noche y a primera hora de la mañana de este jueves seguía pendiente de cerrar flecos de redacción antes de su presentación a las respectivas cúpulas de CEOE, CCOO y UGT.

El segundo gran bloque de la reforma tiene que ver con a simplificación del menú de contratos para generalizar el indefinido, redefiniendo las causas de la contratación temporal. Y aquí la patronal puede presumir de haber rascado más a su favor que los sindicatos, eliminando los porcentajes impuestos inicialmente a la temporalidad y descartando la nulidad de los despidos de temporales. Finalmente, la contratación temporal tendrá solo dos formatos: estructural y formativo. El primero se divide en dos, por circunstancias de la producción (por un tiempo máximo de 6 meses ampliables a un año por convenio), y para campañas ocasionales (duración máxima de 90 días al año no consecutivos). También se podrán seguir firmando contratos por sustitución de trabajadores y aquí los sindicatos han conseguido que se reduzca el encadenamiento para considerar al sustituto como fijo a 18 meses en un periodo de 24 (antes eran 24 meses en un periodo de 30).

También se refuerza la definición y causalidad del contrato formativo, con dos posibilidades: contrato de formación en alternancia (trabajo y formación) y contrato para la adquisición de la practica profesional. El contrato de formación dual queda limitado a la edad de 30 años y a una duración mínima de tres meses y máxima de 2 años. Mientras, el contrato de obtención de práctica profesional adecuada al nivel de estudios se suscribirá dentro de los tres años (5 con personas con discapacidad) posteriores a la finalización de los estudios (actualmente son 5 y 7 años, respectivamente). Su duración será de un periodo mínimo de 6 meses y máximo de 12.  Y se traslada al convenio del sector los puestos de trabajo, actividades, niveles o grupos profesionales que puedan desempeñarse por este tipo de contratos.

Respecto al contrato fijo-discontinuo, se busca fomentarlo para trasladar aquí el grueso de la temporalidad de la realización de trabajos de naturaleza estacional o actividades de temporada, pudiendo acogerse a esta modalidad los trabajos en contratas administrativas o mercantiles, un logro para la CEOE. Los sindicatos consideran que la nueva regulación da seguridad en los llamamientos y reforzamiento de los derechos de este colectivo. También se introduce el reconocimiento de la antigüedad de todo el periodo de la relación laboral, no sólo de los periodos efectivamente trabajados, en este caos, un "punto débil para la patronal, que a cambio ha conseguido que las empresas de trabajo temporal (ETT) puedan usar estos contratos.

El Gobierno también ha introducido una serie de medidas para penalizar los abusos de contratos temporales por parte de las empresas. Para empezar, por la vía punitiva, elevando considerablemente la cuantía de las multas por cada uno de los contratos temporales en fraude de ley. Pero también por la vía de los costes, imponiendo un recargo de cotización de 27 euros por cada baja en contratos de menos de 30 días. Este es otro de los puntos débiles que señala la patronal en su argumentario interno. En contraprestación, la patronal ha conseguido mejoras en los ERTE para incorporar como causa estructural el impedimento de la actividad por decisión de las autoridades, con exoneraciones del 90%. También se incorporan exenciones del 20% en los ERTE ETOP vinculados a formación. Y además, todas estas ayudas serán voluntarias y su devolución en caso de vulneración del compromiso de mantenimiento del empleo solo afectará al trabajador despedido.

En lo que se refiere al nuevo mecanismo RED de flexibilidad interna por causas económicas, cíclicas y estructurales de sectores en transición, la patronal describe en su argumentario interno el procedimiento como "diabólico" al iniciarse por decisión del Consejo de Ministros y contar con autorización administrativa. Si bien los empresarios 'venden' como un logro que su activación será voluntaria, que se eliminan las cargas salariales inicialmente impuestas para el sueldo del primer mes y el complemento a la prestación hasta completar el 100% del salario. También desaparecen las obligaciones de recolocación del trabajador por parte de la empresa y, de nuevo, cuenta con exoneraciones de cotizaciones a la Seguridad Social y el castigo por incumplimiento de la cláusula de mantenimiento del empleo (que también rige aquí) se limita a devolver las exoneraciones del despedido.

Los sindicatos aceptan el nuevo mecanismo RED, con dos modalidades: una cíclica, cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica que aconseje la adopción de instrumentos de estabilización, con una duración un año; y otra sectorial, cuando un determinado sector se aprecien cambios que generen necesidades de recualificación y de transición profesional, con una duración un año con posibilidad de dos prorrogas de 6 meses cada una. Si bien identifican algunas deficiencias en cuanto a la participación sindical en el proceso y le han exigido al Gobierno que garantice la financiación del mecanismo con la constitución de un nuevo fondo RED de sostenibilidad del empleo que aún está en estudio.

El último punto que destacan como un gran logro los sindicatos en su argumentario interno es la derogación de la posibilidad de acometer despidos objetivos y despidos colectivos en el ámbito de las Administraciones Públicas. Y como resumen final, destacan que "es la primera vez que una reforma laboral acometida en España desde 1980, año de promulgación del Estatuto de los Trabajadores, supone la recuperación de derechos de los trabajadores, y que, además, reduce las posibilidades de contratación temporal fomentando de manera clara la contratación indefinida". "De las seis reformas laborales acometidas en el siglo XXI, sólo fue por consenso una, la de 2006 – que extendió el contrato de fomento de la contratación indefinida , el que fijaba la indemnización a 33 días en caso de despido improcedente por causas objetivas - y tres de ellas,2002, 2010 y 2012 motivaron la convocatoria de huelga general por parte de las organizaciones sindicales", concluye el argumentario sindical.

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