Directrices del Banco de España

Facturas que se cargan en la cuenta del fallecido y deben pagar los herederos

Los herederos que gestionen la cuenta de un familiar fallecido pueden bloquear el cobro de determinadas facturas, pero hay otras a las que deben hacer frente.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

La muerte de un familiar supone afrontar un terrible dolor y además gestionar todos los trámites de la herencia. En lo referente a este último aspecto, una de las partes del patrimonio que deben manejar los herederos es la cuenta bancaria del fallecido. Será necesario cumplir una serie de requisitos para acceder al dinero de la cuenta bancaria... y también para seguir pagando los recibos que seguirán vigentes tras la muerte del titular.

El primer paso que deben dar los herederos consiste en conocer el número de cuentas bancarias de las que el fallecido era titular. La manera más rápida y fácil de conseguir esta información es preguntando en la Administración Tributaria. Este organismo público cuenta con los rendimientos financieros asociados a cada persona.

Cuando se conocen las cuentas y en qué banco está cada una es indispensable acreditar la condición de heredero ante la entidad bancaria para acceder a la gestión de la cuenta. Los documentos a presentar para corroborar esta condición son: Certificado de Defunción del familiar, Registro de Actos de Última Voluntad y copia autorizada del último testamento. En caso de que el fallecido no hubiese dejado testamento, el documento requerido por el banco será una copia de la declaración de herederos.

Finalmente, habrá que presentar la documentación que acredite la aceptación de la herencia y el acuerdo de reparto entre todos los herederos y el comprobante de pago del Impuesto de Sucesiones.

Con toda esta documentación, el receptor o receptores de una herencia podrán gestionar inmediatamente el dinero de las cuentas, sin importar si el fallecido era el único titular, si la cuenta es conjunta y hay más titulares, o si la cuenta es indistinta y cualquiera de los titulares puede disponer del dinero de forma solidaria. Pero, ¿qué pasa con los recibos domiciliados del fallecido?

El pago de los recibos en la cuenta del fallecido

Tras la muerte del familiar hay una serie de recibos que se seguirán cobrando en la cuenta y que los herederos deben pagar. Se trata de las facturas de luz, gas, agua, telefonía, impuestos, seguros y gastos de sepelio. No hacer frente a estos pagos podría suponer recargos.

Por el contrario, los herederos podrán solicitar que no se cobren facturas de "operaciones ordenadas en vida del titular que impliquen el mantenimiento de la herencia", tal y como señala el Banco de España.

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