Frente a la petición de CSIF

El Gobierno descarta restringir el cargo de director general solo a los funcionarios

El ministro de Transformación Digital y Función Pública considera importante mantener la vía abierta para que de forma excepcional se pueda incorporar a talento del sector privado en campos en pleno desarrollo como es la IA. 

El Gobierno descarta restringir el cargo de director general solo a los funcionarios
El Gobierno descarta restringir el cargo de director general solo a los funcionarios
Agencia EFE

El presidente de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), Miguel Borra Izquierdo, reclamó que los cargos públicos desde el rango de director general estuvieran integrados por funcionarios y no por personal de confianza, al enumerar el listado de peticiones que dirigía al ministro de Transformación Digital y Función Pública apenas un día antes de que el sindicato le revalidará en el cargo. No obstante, esta demanda parece que no tendrá recorrido, ya que José Luis Escrivá entiende que es positivo mantener la excepción prevista en la ley, dado que existen áreas en las que no hay personal especializado dentro de la Administración General del Estado (AGE) como la inteligencia artificial o la innovación en sentido amplio.

"La excepción a que un director general sea funcionario tiene que existir y lo han utilizado todos los Gobiernos en distintas medidas" zanjaba el titular de la cartera competente este jueves, en respuesta a las preguntas realizadas por la senadora Inmaculada Hernández en la Comisión de Función Pública. "Lo que ocurre es que a medida que van produciéndose transformaciones de las funciones públicas y no hemos modificado ni los currículums ni este sistema tan anquilosado que teníamos en la Administración de forma de acceso, nos encontramos con una creciente brecha entre lo que se requiere en algunos ámbitos y las habilidades de los funcionarios" ha valorado. 

El ministro ha invitado a tener amplitud de miras sobre los perfiles que puede ser necesario situar al frente de las direcciones generales, los órganos que gestionan una área de trabajo específica y que dependen de una secretaria de Estado o secretaría general, en función de cómo esté diseñado el organigrama de cada ministerio. Estos nombramientos aparecen regulados en el artículo 66.2 de la ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público, que establece que con carácter general se debe nombrar a funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o las entidades locales del subgrupo A1 o personas que lo hayan sido, pero que ya se hayan jubilado.

No obstante, recoge una excepción a la que se han acogido los diferentes gobiernos para designar a personal de su confianza que no tenga carrera en el sector público. "Salvo que el real decreto de estructura permita que en atención a las características específicas de las funciones de la dirección general, su titular no reúna la condición de funcionario" recoge la norma, que obliga al Ejecutivo a detallar en una memoria razonada las características que justifican el carácter excepcional. Además, se obliga a que la persona cumpla con los "requisitos de idoneidad" reflejados en la ley 3/2015 sobre los altos cargos: honorabilidad, formación y experiencia en el cargo que vaya a desempeñar en la Administración Pública. 

El Supremo limita su uso

En los últimos años, el Tribunal Supremo se ha pronunciado en diferentes ocasiones sobre esta materia en respuesta a los recursos interpuestos por la Federación de Asociaciones de Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca). La última vez fue este miércoles, cuando se opuso a suspender el nombramiento de 15 directores generales que no eran funcionarios de carrera como medida cautelar, como había solicitado que hiciera esta asociación profesional, según recoge el diario 'La Razón' aunque seguirá estudiando si dichas designaciones están debidamente justificadas en el real decreto 1009/2023 de 5 de diciembre, por lo que emitirá una sentencia en los próximos meses. Se trata de cargos integrados en los ministerios de Transportes, Educación, Sanidad, Trabajo y Economía Social, Memoria Democrática 

El Gobierno justificó todos ellos en la necesidad de contar con experiencia previa el puesto, por requerir conocimientos transversales, experiencia práctica en el sector privado, especialidad en asuntos internacionales o capacidad de diseño de políticas innovadoras. El Tribunal tendrá que analizar estas explicaciones de forma singular, pero ya existen otras siete sentencias en las que la corte insta a medir y justificar cada uso de esta figura. De hecho, en mayo de 2022 tomó la decisión de anular los nombramientos de los directores generales de Deportes y Derechos de las Personas con Discapacidad por no haber justificado debidamente esta excepción en 2021. 

En este contexto, Escrivá ha expresado sus dudas de poder encontrar en el seno del sector público a perfiles especializados en industrias emergentes como es la IA que apenas ha llegado a introducirse en las actuaciones de la Administración Pública. No obstante, se ha comprometido a llevar a cabo una 'expresión de interés' cuando haya que cubrir un cargo con este rango para que las personas que crean que cumplan con los requisitos demandados para el puesto -vengan del ámbito público o privado- puedan presentarse y que después sea un tribunal independiente el que tome la decisión, un proceso que quiere garantizar que sea discreto. 

Mostrar comentarios