Impuesto de Sucesiones: dónde y para qué familiares es más barato heredar

Fotografía de una madre con su hija.
Fotografía de una madre con su hija.
Imagen de silviarita en Pixabay.

Galicia ha dado un paso adelante en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La semana pasada el Consello de la Xunta de esta comunidad autónoma aprobó la eliminación del pago en herencias entre padres e hijos en los importes de hasta un millón de euros. La medida, que entrará en vigor a partir de 2020, supone incrementar el límite que hasta ahora se aplicaba en Galicia desde 2016, que se situaba en los 400.000 euros por heredero.

Sin embargo, no todas las comunidades autónomas aplican los mismos límites a la hora de heredar. La factura fiscal por heredar en una región u otra puede llegar a variar enormemente dependiendo del lugar en el que viviera el fallecido y el grado de parentesco que se tuviera con él. 

Por eso, no será lo mismo heredar, por ejemplo, en Canarias que hacerlo en Madrid. Tampoco será igual recibir una herencia de un padre o madre que de nuestros abuelos o tíos, ya que cuanto más lejano sea el grado de consanguineidad o parentesco, más impuestos tendremos que pagar. Desde 'Finect' nos explican cómo funciona este impuesto y cuánto se paga por comunidad autónoma. 

El importe de la herencia, muy dispar según el grupo y la comunidad

Puesto que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es progresivo, la cuota que habrá que afrontar será proporcional al patrimonio que se reciba. Es decir, cuanto más dinero se herede, mayor será el porcentaje que se quedará Hacienda. No obstante, dependiendo de los bienes que se reciban tendremos que valorar cómo se deberán pagar esos impuestos. No será lo mismo heredar una vivienda, de la que podremos gozar de reducciones de la base imponible, que heredar un fondo de inversión o un plan de pensiones.

De hecho, estos últimos, que la mayoría de personas poseen en su etapa más adulta con el objetivo de complementar su jubilación, tributarán como rentas del trabajo, por lo que se paga por ellos en la declaración de la renta y no en el Impuesto de Sucesiones. Además, si quien hereda un plan decide conservarlo y seguir realizando aportaciones podrá desgravarse hasta un máximo de 8.000 euros o hasta el 30% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

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Ahora bien, si nos centramos en el Impuesto de Sucesiones, el porcentaje que pagaremos por heredar irá desde el 7,65% hasta el 34% si no se tienen en cuenta las bonificaciones o reducciones, que son habituales en las comunidades autónomas.

Con la norma estatal, se puede aplicar una reducción del 95% en la base imponible por la vivienda hasta un máximo de 122.606 euros. Además, muchas comunidades autónomas suman bonificaciones que pueden llegar hasta el 99% en la trasmisión de la vivienda habitual.

Aunque por el lado de la vivienda suele haber muchas similitudes entre comunidades autónomas, las principales diferencias llegan por la parte de las bonificaciones y las deducciones.

En el Grupo I, en el que se encuentran los descendientes menores de 21 años, no se pagan prácticamente impuestos por heredar en las comunidades de Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Madrid, Murcia o La Rioja. Estas regiones cuentan con bonificaciones en la cuota de hasta el 99% en el caso de Madrid o Galicia, y podrán llegar hasta el 100% en otras comunidades como Cantabria o Aragón, aunque en esta última el máximo a heredar será de tres millones de euros.

En otras regiones lo que se hace es aplicar reducciones al importe que se hereda, de modo que no se pagan impuestos si no se sobrepasa una determinada cantidad en la herencia. En este caso, Andalucía es la región que establece el límite más alto, situándolo en el millón de euros.

El Grupo II en el Impuesto sobre Sucesiones engloba a los ascendientes, descendientes y al cónyuge. Es decir, hijos mayores de 21 años, nietos, cónyuge y nietos del fallecido. Al igual que en el grupo anterior, también hay comunidades en las que la carga fiscal es muy pequeña. Aquí se encuentran Madrid, Murcia, La Rioja, Extremadura, Canarias, Cantabria y País Vasco, en las que se aplican o bien bonificaciones o bien una cuota fija de un 1,5% (esta última en el País Vasco).

El impacto en regiones como Andalucía y Castilla y León también es parecido, ya que mantienen las mismas ventajas. Aragón también lo hace, aunque con una reducción de 500.000 euros, al igual que Asturias y Galicia. Estas tienen una base imponible inferior a 300.000 y 400.000 euros con las que no se pagan impuestos, además de contar con tipos reducidos. En otras regiones como Islas Baleares también existe una tarifa de un 1%, hasta una base de 700.000 euros.

Las personas que más pagan por la herencia son las que se encuentran en los Grupos III y IV, que son los hermanos, sobrinos y tíos (en el caso del Grupo III), así como los colaterales de cuarto grado como, por ejemplo, primos (Grupo IV). Dentro de estos grupos, la comunidad en la que sale más barato heredar es Canarias, ya que establece una bonificación del 100%. A esta le sigue Madrid, donde se aplican bonificaciones del 15% para hermanos y del 10% para tíos y sobrinos.

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