Antes de los 65 años

Jubilación voluntaria: requisitos para acceder a ella y cómo afecta a la pensión

El plan del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha desatado una ola de trabajadores que se han retirado de forma anticipada antes de los 65. 

Tres jubilados.
Tres jubilados.
Imagen de Freepik.

Las jubilaciones anticipadas voluntarias están en el punto de mira -tras la reforma de las pensiones diseñada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá- como una de las modalidades a penalizar para aproximar la edad efectiva de retiro (64, 6 años) a la edad legal establecida (66 años a partir de este 2021). A decir verdad, este es uno de los puntos clave que lleva centrando buena parte del debate, el de hacer (por fin) sostenible el sistema de pensiones, durante el último año. 

Tal es la incertidumbre (a la que se suma la generada por la pandemia) que, según publica este mismo viernes La Información, se ha registrado una oleada de 50.000 jubilaciones anticipadas por voluntad del trabajador, la cifra más alta registrada hasta ahora.

Requisitos para acceder a la jubilación voluntaria

Eso sí, pero hay que tener en cuenta que ese alud de trabajadores que han decidido dejar su actividad laboral antes de la edad legal debían cumplir una serie de requisitos que son los siguientes:

  • Tener una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida que resulte de aplicación en cada casos, sin que a estos efectos resulten de aplicación las bonificaciones de edad de las que pueden beneficiarse los trabajadores de ciertos sectores como actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres, así como aquellas personas con discapacidad igual o superior al 45 o 65 por ciento.
  • Encontrarse en alta o situación asimilada al alta. 
  • Acreditar un periodo de cotización mínimo de 35 años.
  • De ese periodo de cotización, al menos dos años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que cesó la obligación de cotizar. 

¿Cómo afecta a la pensión?

Hay que tener en cuenta que si lo que se quiere adelantar de forma voluntaria la jubilación, esto supondrá que el trabajador se beneficiará de la pensión pública durante un periodo más largo, lo que implica un gasto adicional para el sistema. Por este motivo, se aplican los coeficientes reductores, que son el porcentaje que se resta a la pensión por el hecho de cobrarla de manera anticipada, es decir, una pequeña penalización por hacer uso de la misma unos años antes.

  • Coeficiente del 2% por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a 38 años y 6 meses.
  • Coeficiente del 1,875% por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses.
  • Coeficiente del 1,750% por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses.
  • Coeficiente del 1,625% por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 44 años y 6 meses.

Una vez aplicados los referidos coeficientes reductores, el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación.

Esto, trasladado a un ejemplo práctico implicaría una rebaja de la pensión que podría llegar hasta el 16%. Es decir, si un trabajador quiere jubilarse a los 63 años y ha cotizado por un periodo inferior a 38 años y seis meses, se le aplicará un 2% de coeficiente reductor por cada trimestre. En este caso, para llegar a la edad legal de jubilación deberán pasar un total de ocho trimestres. Si, por ejemplo, esa persona cobrase una pensión de 2.000 euros, esto supondría una rebaja de 320 euros, por lo que la pensión se le quedaría en 1.680 euros

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