Finanzas personales

Qué obras y mejoras puedes deducir en la Renta si vendes o alquilas tu casa

Hay otras obras que puedes imputar en la Renta 2023 como gasto si vendes o alquilas tu casa y desgravar por ellas en esta Campaña 2024 que empieza. La clave para hacerlo es la diferencia entre reformas de mejora y de conservación.

Qué obras y mejoras puedes deducir en el IRPF si vendes o alquilas tu casa.
Qué obras y mejoras puedes deducir en el IRPF si vendes o alquilas tu casa.
Master1305 / Freepik

Las reformas en la vivienda pueden ayudarte a pagar menos impuestos en el IRPF en la campaña de la Renta tanto si has vendido tu casa como si la alquilas. Hacienda permite deducir ciertas obras en ambos casos, aunque lo que desgrava cuando vendes tu casa es lo contrario que podrás deducir con carácter general por el alquiler que recibes. Esta información puede servirte a la hora de elaborar tu declaración, un trámite que inicia su campaña el 3 de abril de 2024.

La clave de este embrollo se resume en la diferencia entre las obras de mejora y de conservación y su tratamiento en el IRPF según hayas vendido o alquilado tu casa. Y es que, la Agencia Tributaria (AEAT) distingue las reformas que realices en la vivienda según sea una inversión que mejore lo que ya hay y otra simplemente arregle lo que estaba roto.

Diferencia entre mejora y conservación en la renta

En el IRPF Hacienda diferencia entre los dos tipos de reformas.

Las obras de mejora o inversiones en la vivienda son las que aumentan el valor de la vivienda, como por ejemplo instalar aire acondicionado o aislar adecuadamente la vivienda.

También se considera una mejora la sustitución de elementos estropeados por uno superior. Por ejemplo, cambiar una puerta normal por una blindada, se considera una mejora y no una acción de conservación o mantenimiento.

Por su parte, en la renta las obras de mantenimiento y conservación son las que se destinan para sustituir un elemento deteriorado de la vivienda o corregir errores.

Por ejemplo, cambiar la lavadora que se ha estropeado será un gasto de reparación, siempre que no compres un modelo muy superior al que tenías, aunque normalmente Hacienda no entrará a valorarlo. En ese caso, pasaría a ser una inversión a amortizar.

Esta diferencia es clave para saber qué obras y reformas puedes desgravar al vender tu casa y al alquilar y cómo hacerlo. 

Obras que desgravan si vendes tu casa

La venta de la vivienda tributa en el IRPF como una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el precio de compra y de venta. Y ahí es donde está el meollo de las obras y reformas.

Para calcular el precio de compra, puedes sumar el coste de los impuestos que pagaste por adquirir la casa y también las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos.

Lo que la Agencia Tributaria no permite sumar al valor de compra son los gastos de conservación y reparación.

A modo de ejemplo, si has reformado la cocina de casa y has mejorado sus prestaciones, podrás desgravar por esa reforma al vender la casa. Por el contrario, si has pintado la casa, acuchillado el parqué o cambiado las ventanas por otras iguales, no podrás imputarlo como una mejora de la vivienda a efectos fiscales.

En este caso, la regla general es sencilla: las mejoras desgravan, los gastos de mantenimiento, no.

Además, recuerda que, para calcular el precio de venta de la vivienda, podrás restar también los impuestos y los costes en los que hayas incurrido, como la inmobiliaria o la gestoría.

Obras que desgravan al alquilar tu vivienda

La normativa sobre el alquiler es diferente a la venta de la vivienda en lo referente a las obras en la casa.

La regla general es que son deducibles los gastos de conservación y reparación de los bienes productores de los rendimientos inmobiliarios, es decir, la vivienda. Hacienda incluye dentro de estos gastos pintar la casa, arreglar instalaciones o sustituir elementos como la calefacción, el ascensor, puertas de seguridad…

Estos gastos se restarán directamente del alquiler que has percibido para calcular la renta inmobiliaria en el IRPF.

Con las mejoras no pasa lo mismo. Estos gastos no se pueden deducir directamente, es decir, no los puedes restar al alquiler en su totalidad. En su defecto, tendrás que amortizarlos en el tiempo. Es lo que harías, por ejemplo, al instalar el aire acondicionado.

Además, la ley no permite deducir gastos de ampliación y mejora del inmueble, como puede ser una reordenación de espacios.

En un piso en alquiler también te puedes beneficiar de las deducciones por obras para la mejora energética del hogar que van desde los 5.000 hasta los 15.000 euros.

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