A través de las CCAA

Requisitos para acceder al nuevo cheque de 90 euros para pagar la calefacción

Los consumidores tendrán hasta el 31 de marzo un descuento en la factura, que tienen que hacer las eléctricas, del 60 % en lugar del 25 % habitual, y del 70 % en lugar del 40 % y así se puede solicitar.

Precio de la luz.
Precio de la luz.
Foto de Emmet de Pexels.

El Gobierno ha ampliado el bono social a las puertas del invierno. Asimismo, se ha aprobado un cheque de 90 euros por hogar para cubrir las necesidades de calefacción de los consumidores vulnerables que ya se acogen al llamado bono social térmico. Se trata de un cheque adicional a las ayudas que ya reciben estos consumidores vulnerables por medio del bono social térmico y estará disponible a partir de diciembre. Las partidas económicas serán distribuidas por las comunidades autónomas para acceder a esta ayuda.

Entre otras medidas, ha elevado el mínimo del bono social térmico para calefacción de 25 a 35 euros (la cantidad equivalente al coste de dos bombonas de butano) y ha impuesto a las comercializadoras la obligación de comunicar con un mes de antelación cualquier cambio en el contrato. Según el real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros, los consumidores tendrán hasta el 31 de marzo un descuento en la factura (que tienen que hacer las eléctricas) del 60 % en lugar del 25 % habitual, y del 70 % en lugar del 40 %, si está considerado vulnerable severo

La ampliación del bono social, que dotará de 100 millones de euros adicionales para la ayuda de 1,2 millones de hogares vulnerables que hay en España, se hace ante la previsión de que los precios de la electricidad se mantendrán elevados hasta la primavera. En el real decreto-ley se incluyen otras medidas, como la obligación de que las comercializadoras informen un mes antes de su intención de modificar un contrato. A día de hoy pueden informar después de hacerlo, pero no más tarde un periodo de facturación.

¿Cómo se solicita el Bono Social?

Esta ayuda se puede pedir a través de distintas vías de contacto con la compañía eléctrica con la que tengamos contratado nuestro servicio de luz. Este se puede solicitar por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, fax o a través de su aplicación móvil. Las comercializadoras tienen la obligación de ofrecer y financiar el bono social. En este enlace se pueden encontrar las distintas posibilidades tiene el consumidor para postularse a este servicio.

¿Cuáles son los requisitos? 

Estos requisitos varían en función de la categoría en la que nos encontremos según los parámetros articulados por el Gobierno. Por una parte, para acceder a ambos bonos, el consumidor vulnerable obtendrá un 60 % de descuento, el consumidor vulnerable severo un 70 % de descuento. También se incluyen en este abanico a los consumidores en riesgo de exclusión social y a los consumidores vulnerables a causa de la Covid-19, que se acogen al mismo porcentaje de esta categoría, un 60 %. 

Requisitos para ser consumidor vulnerable  (60 %)

  • Se considerarán consumidores vulnerables todas las familias cuya renta conjunta sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (11.862,90 €), 2 veces (15.817,20 €), en caso de que haya un menor en la unidad familiar, o 2,5 veces (19.771,50€), si hay dos menores.
  • Además, también se incluyen en el grupo familias que cumplen circunstancias especiales: todas las familias numerosas, sin excepción, y cuando todos los miembros de la unidad familiar que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas, por jubilación o incapacidad permanente, del Sistema de la Seguridad Social y reciban por ello la cuantía mínima vigente en cada momento u otros ingresos que no superen los 500 euros.
  • Quienes cumplan todos los requisitos establecidos para ser considerado consumidor vulnerable se beneficia de un 60 % de descuento en la factura eléctrica.

Requisitos para ser consumidor vulnerable severo (70 %) 

  • Tener una renta anual igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado "consumidor vulnerable", también en el caso de quienes cumplan las circunstancias especiales.
  • En el caso de familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas (15.817,20 €).
  • Si la unidad familiar solo recibe ingresos procedentes de pensiones mínimas, sin que la cuantía agregada anual supere los 500 euros, se considerará "vulnerable severo" cuando la renta anual sea igual o inferior al IPREM (7.908,60 €).

Requisitos para ser consumidor en riesgo de exclusión social

Quienes sean considerados "consumidores vulnerables severos" y, además, sean atendidos por los servicios sociales de una Administración Pública que financie al menos el 50% del importe de la factura a PVPC será considerado "consumidor en riesgo de exclusión social". En estos casos, la empresa suministradora de energía no podrá interrumpir el suministro eléctrico en caso de impago.

Gestión de los impagos e interrupción del suministro 

Los beneficiarios del bono social de electricidad cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas que no han podido abonar que el resto de consumidores. Este abarca un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, frente al plazo general de 2 meses para el consumidor general. 

Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono social en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.

Mostrar comentarios