Antigüedad o trabajo nocturno, entre otros

Ingresos más allá del salario base, ¿qué complementos me pueden pagar?

Economista
Economista
Pixabay

Al analizar la nómina de cualquier trabajador se puede desglosar la retribución total que se percibe, una cifra que no refleja solo el salario pactado, sino que se compone de ese salario base más los complementos salariales. Estas retribuciones 'extra' se pactan igualmente entre el empresario y el trabajador al firmar el contrato o están preestablecidas en el convenio colectivo. 

El Estatuto de los Trabajadores define estos complementos como las retribuciones fijadas en función de circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador, al trabajo realizado o a la situación y resultados de la empresa, y establece que se calcularán conforme a los criterios que se pacten. 

Entre los principales complementos salariales que se suelen pactar están  la antigüedad o conocimientos especiales del trabajador, como por ejemplo idiomas, que se engloban dentro de las condiciones personales. Las correspondientes al trabajo realizado o la situación laboral son, entre otras, los riesgos laborales, tales como penosidad, toxicidad, o peligrosidad,  primas a la producción por calidad o cantidad de trabajo, turnos trabajados o trabajo nocturno, disponibilidad, trabajo en festivos o residencia en provincias insulares y Ceuta y Melilla.

Y por último, en función de los resultados de la empresa, se incluyen la participación en beneficios o cual gratificación que reciban para hacer al trabajador partícipe de la empresa, por ejemplo, a través de acciones

En cualquier caso, estas retribuciones se pactan al firmar el contrato o están preestablecidas en el convenio colectivo del sector o cualquier otro colectivo al que se pueda acoger el trabajador. En ese sentido, tendrá prioridad aplicativa el convenio colectivo de empresa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior.

Importancia de los complementos en el cálculo del SMI

Los complementos salariales representan una parte importe de los ingresos totales del trabajador y, además, pese que se presentan como retribución 'extra', se incluyen en el cálculo del salario mínimo interprofesional (SMI). Tras la subida del SMI el pasado 2018 surgió la duda sobre si los ingresos mínimos de 900 euros correspondían solo al salario base o si se debían incluir los complementos. Finalmente la Audiencia Nacional falló a favor de incluir ambos conceptos en el cómputo

En concreto, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional desestimó la demanda de un sindicato que solicitaba aplicar el "derecho a que su salario incluya 900 euros mensuales por 14 pagas, más los complementos salariales de convenio y la prima de producción, aunque la suma de dichos conceptos supere 12.600 euros anuales".

De esta manera, el salario base de cualquier trabajador puede ser inferior al SMI siempre que sumado a los complementos salariales se alcance los ingresos mínimos de 900 euros al mes o 12.600 al año. 

Percepciones no salariales

Pero no todos los ingresos diferentes al salario base se reconocen como complementos salariales. Existen retribuciones que no tienen la condición de salario, lo que implica que no tributan como tal, no tienen deducción de IRPF y no cotizan a la Seguridad Social. 

Estas son las cantidades percibidas en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral, prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, los pluses de distancia y transporte, indemnizaciones correspondientes a traslados, indemnizaciones correspondientes a suspensiones o despidos y dietas por alojamiento y manutención.

Mostrar comentarios