Al margen de la distribución irregular

Los sindicatos vigilarán que la reducción de jornada no se canjee por más días libres

CEOE, CCOO y UGT avanzan en la mesa bipartita el impacto que tendría el cambio a 37,5 horas semanales en cada uno de los sectores económicos y los modelos de empresa, cuyo ajuste se tendrá que abordar en los convenios. 

Pepe Álvarez, Unai Sordo y Yolanda Díaz
Los sindicatos vigilarán que la reducción de jornada no se canjee por más días libres. 
Europa Press

El Gobierno busca reducir la jornada laboral máxima a 37,5 horas para 2025 y quiere sacar adelante la reforma del Estatuto de los Trabajadores que lo posibilitaría a la mayor brevedad posible, dado que el primer paso de las 38,5 horas debe ser efectivo antes de que acabe el año para cumplir con lo fijado en el acuerdo de coalición. El Ministerio de Trabajo prefiere hacerlo mediante un acuerdo con la patronal y los sindicatos, por lo que ambas partes avanzan en una mesa paralela con el objetivo de acercar posiciones y medir sus impactos, ya que a fin de cuentas, la concreción del nuevo límite se deberá abordar de forma pormenorizada en los convenios colectivos.

Los sindicatos quieren blindar la posibilidad de que este descuento de horas de jornada laboral se compense con más días de descanso y evitar que las compañías pudiesen mantener la jornada de 40 horas semanales a cambio de este beneficio. Ello al margen de la posibilidad que tienen las compañías de hacer una distribución irregular de la jornada -ya sea con o sin acuerdo con los trabajadores- si lo entienden oportuno para el desarrollo de su actividad. "En absoluto. Nosotros lo que hemos planteado es que la jornada se tiene que plantear como 37,5 horas, que es la jornada semanal y su cuantificación en la jornada máxima anual" respondía la secretaria confederal de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz Vicente, al ser preguntada por este supuesto tras la última reunión con el 'número dos' de Trabajo. 

En el mismo sentido, apuntaba el vicesecretario general de Política Sindical de UGT, Fernando Luján, quien matizaba que el único cambio legislativo que está sobre la mesa es sustituir las 40 horas que aparecen reflejadas en el actual artículo 34 del ET por la nueva cifra. Después, la distribución de las jornadas en cada supuesto tendrá que abordarse en la negociación colectiva, pero en ningún caso se va a plantear como dos opciones entre las que las compañías puedan escoger, ni es algo que esté sobre la mesa, según apuntan fuentes conocedoras de la negociación a este medio. Es decir, la referencia de las 37,5 horas cuyo cómputo anual está siendo objeto de discusión, será el nuevo mínimo sobre el que las compañías podrían introducir mejoras. 

Sin cambios en la distribución irregular de jornada

"De acuerdo con la normativa en vigor y siempre que se mantuvieran sus actuales términos, mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo de la empresa y los representantes de las personas trabajadoras, se puede establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año" explica el socio de Laboral de Garrigues, José Manuel Mateo, quien matiza que la potestad que tiene la compañía de alterar la distribución del 10% de la jornada si no se llega a un acuerdo entre las partes "está siendo cuestionada con ocasión de la trasposición de la directiva sobre condiciones laborales transparentes y previsibles" que recoge el derecho a conocer con tiempo no solo los cambios en su pauta de trabajo, sino los criterios seguidos para hacerlo.

El experto entiende que bajo esta premisa sí se podría mantener una jornada de 40 horas semanales que se compense con días de descanso, aunque no descarta que en la redacción de la norma se establezcan límites para que la reducción de jornada se traduzca en una disminución efectiva de las horas de trabajo a la semana. "La norma podría otorgar mayor o menor libertad a los agentes sociales para que estos, mediante la negociación colectiva y/o los acuerdos de empresa o centro de trabajo, determinen el régimen de compensación" expone en respuesta a La Información.

"Dependerá de lo que finalmente se apruebe" coincide el counsel Laboral de Gómez-Acebo & Pombo, Borja González. "Si la reducción finalmente se aprueba en cómputo anual, se podría mantener la jornada laboral en 40 horas semanales y llevar a cabo la reducción con más días de descanso o vacaciones" valora. Los negociadores quieren pactar la referencia en términos anuales porque este es el valor al que van ligados la mayoría de convenios colectivos, no obstante, los representantes de los trabajadores y Yolanda Díaz llaman a no perder de vista la cifra de las 37,5 horas que centra la redacción del artículo del Estatuto de los Trabajadores. De hecho, han desmentido que se haya producido un acuerdo por el que solo vayan a tomar el número anual.

La percepción del Laboralista y socio del área laboral de Ceca Magán Abogados, Juan Antonio Linares, es que "no parece posible que la reducción de la jornada propuesta por el Gobierno vaya a poder verse compensada con descansos, toda vez que, precisamente, el desarrollo de la norma y su implementación por parte del Gobierno es reducir la jornada semanal de los trabajadores de forma paulatina hasta alcanzar las 37,5 horas semanales en 2025", según apunta a este medio. No obstante, también hace referencia a que será necesario esperar a la publicación o desarrollo de la ley para analizar tanto su impacto como su aplicación real en cada sector. 

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