En la Seguridad Social

Todos los tipos de pensiones que hay: lo que se debe cotizar (o no) en cada caso

En el caso de las prestaciones contributivas, el Ministerio de Trabajo se encarga de ellas de forma centralizada, mientras que las no contributivas recaen sobre las comunidades autónomas.

Dos jubilados.
Dos jubilados.
Imagen de pasja1000 en Pixabay.

Tras la jubilación, las pensiones son la herramienta más común para asegurar la estabilidad económica. Por el mismo motivo, se trata de una de las grandes preocupaciones de los españoles, tanto los que trabajan como los que no. En España existe una gran variedad de tipos de pensiones, pero lo más normal es que varias de sus diferencias refieran a requisitos, condiciones, cuantías y gestiones ya que los ingresos corren a cargo del Estado en todos los casos. La gran distinción es entre las pensiones contributivas y no contributivas.

Pensiones contributivas

Se llaman así porque dependen de las aportaciones que han hecho un trabajador y el empresario, en el caso de que se trate de trabajo por cuenta ajena, a la Seguridad Social, con la que deben tener una relación jurídica previa. Esto quiere decir que se debe haber cotizado un mínimo de horas de trabajo para tener derecho a las prestaciones. 

Este tiempo cotizado también definirá la cantidad que compondrán las prestaciones. Para obtener el 100% de lo que correspondería a un trabajador, debe cotizar 36 años hasta los 66 años, aunque puede jubilarse con la misma cantidad a los 65 si ha cotizado 37 años con tres meses. 

Entre estos tipos de jubilaciones se encuentra la ordinaria, la anticipada (que cubre situaciones como el cese no voluntario, la condición de mutualista, actividades penosas, tóxicas e insalubres, discapacidad o la reducción de la edad mínima), la parcial y la flexible. También incluye las pensiones de incapacidad permanente y por fallecimiento en casos de viudedad, orfandad y en favor de familiares. Así mismo, el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) cubre las pensiones de invalidez, viudedad y vejez.

Pensiones no contributivas

A diferencia de las contributivas, estas prestaciones no dependen de los años cotizados en una actividad laboral, sino que responden a una situación de necesidad que puede experimentar cualquier persona. Se trata de una protección económica para las personas que no cuenten con suficientes recursos para garantizar su subsistencia dentro de lo legalmente establecido, con menos de 5.639,20 euros anuales, aunque el límite se eleva dependiendo del número de personas en la unidad de convivencia. 

Así, se incluyen prestaciones por invalidez mayor al 65%, con 5 años vividos en España, o por jubilación, en los casos en los que no se haya cotizado lo suficiente para tener derecho a una contributiva, para lo que es necesario haber vivido durante 10 años en España.

Un detalle de importancia refiere a la responsabilidad de la gestión  de las diferentes pensiones. En el caso de las prestaciones contributivas, el Ministerio de Trabajo se encarga de ellas de forma centralizada, por lo que se puede entender que dependen del Gobierno, mientras que las no contributivas recaen sobre las comunidades autónomas a las que se haya transferido las funciones del el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).

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