Cita previa

Todos los documentos que necesitas si haces la Renta 2021 de forma presencial

No todos los contribuyentes pueden presentarla de esta forma, sino que están obligados a hacerla por los canales telemáticos.

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
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Desde este jueves, todos los ciudadanos que lo deseen podrán comenzar a solicitar su cita previa para la atención presencial de la declaración de la Renta correspondiente al año 2021. Los contribuyentes que aún no lo hayan hecho, tendrán de tiempo hasta el próximo 30 de junio para aclarar cuentas con la Agencia Tributaria. Este procedimiento lleva abierto desde el pasado de abril. Desde entonces, se han habilitado diferentes vías para que las personas presenten toda la documentación necesaria.

En total existen cuatro formas de realizar el IRPF: por la sede electrónica de la propia Agencia, a través de la app, por teléfono o de manera presencial en las oficinas del Ministerio de Hacienda. Esta última opción se abre el próximo 1 de junio, pero antes de acudir es imprescindible contar con una cita previa. Sin embargo, no todos los contribuyentes pueden presentarla de manera presencial o telefónica, sino que están obligados a hacerla por los canales telemáticos.

Documentos para presentar

Desde la página web de la Agencia Tributaria indican todos los datos y documentos que deben presentar las personas que hayan elegido la opción de confeccionar la declaración de Renta en oficina. Estos están divididos en diferentes categorías según los rendimientos y los objetivos que se busquen. 

En primer lugar, en lo que se refiere a los documentos sobre la situación personal, se deberá llevar: 

  • El DNI original del titular que acude a la cita y una fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
  • El número IBAN de cuenta bancaria.
  • Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
  • Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI para realizar y en su caso presentar la declaración en su nombre.

En el caso de haber percibido alguna renta o rentas durante el año 2021 y no aparecen imputados en los datos fiscales, los interesados deberán presentar por rendimientos del trabajo:

  • El certificado emitido por el pagador.
  • El importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cumplidas a colegios profesionales
  • En el supuesto que la colegiación sea obligatoria, el importe de las cuotas satisfechas a colegios profesionales.
  • Los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.

Respecto a los rendimientos del capital inmobiliario, los candidatos deben llevar los justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje de los que seas propietario o usufructuario. Por otro lado, en cuanto a los del capital mobiliario, se deben ofrecer los certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos, etc. Además, en el caso de haber percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.

Otra cuestión a tener en cuenta son las ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de vivienda habitual. Para estas cuestiones se debe presentar: 

  • Escrituras de compra y de venta.
  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
  • Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.
  • Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.

En lo referente a las ganancias y pérdidas patrimoniales por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, subvenciones, etc: 

  • Escrituras y/o documentación acreditativa.
  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
  • Certificados de fondos de inversión.
  • Justificante de premios.
  • Justificante de subvenciones.

Por último, también se deberá presentar datos relativos a la regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo:

  • Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.
  • Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.
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