La Audiencia mantiene el criterio del juez de Popular y prioriza a los más afectados

  • En este caso la Sala le da la razón respecto al binomio número de perjudicados/cuantía de la inversión por ser lo más respetuoso con las partes.
Banco Popular
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EFE

Los criterios que empleó el magistrado al frente del caso Popular José Luis Calama Teixeira para reducir el centenar de acusaciones del procedimiento a un máximo de diez cuentan con el visto bueno de la Sala de lo Penal. Los magistrados de la Sección Cuarta le dan la razón en lo que respecta al binomio número de perjudicados/cuantía de la inversión y determinan que se trata de baremos respetuosos con la diversidad de afectados por la debacle de la entidad.

Se trata de una victoria para el magistrado instructor después de que la misma Sala que ahora le respalda le rebatiera su decisión de imputar al Banco Santander como persona jurídica al convertirse en heredero de su negocio. La citación del banco como investigado acabó diluyéndose cuando el asunto llegó a una esfera superior ya que la Sala determinó que no tenía que responder penalmente por la gestión que llevaron a cabo los anteriores directivos de la entidad.

Dicha disparidad de criterios no se aprecia en este asunto concreto, de acuerdo con el auto de los magistrados recogido por La Información. El mismo -firmado por la misma Sección que juzga el caso Bankia- desestima un recurso interpuesto por una de las acusaciones que elevó a la Sala su disconformidad con el hecho de tener que agruparse con una de las diez acusaciones de cara a poder seguir litigando en esta causa en la que se investigan irregularidades en la ampliación de capital de 2016 además de presunta falsedad de mercado.

El juez vuelve a preguntar a los acusados

El hecho de que la Sala desestime este recurso al no considerar que esta limitación afecte a los intereses del centenar de acusaciones, ha provocado que el magistrado al frente del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional vuelva a dirigirse a las partes. En un escrito del pasado 15 de julio, el magistrado explica que, teniendo en cuenta el criterio de la Sala, es conveniente que se pronuncien de nuevo acerca de si mantiene o renuncian a los recursos contra su auto del pasado mes de mayo. 

De esta forma da tres días de plazo para que reconsideren su rechazo a esta decisión que tomó el pasado mes de mayo priorizando por un lado a los principales fondos de inversión -como Pimco, Del Valle, Anchorage Capital y Cairn Capital- a los inversores que perdieron más de un millón de euros con la caída del banco y a las asociaciones que más damnificados aglutinan. De este modo también antepuso al Grupo Luksic, cuya inversión en el Popular superó los 100 millones de euros además de a Cerquia Gestión y a Ali Taefi, que invirtieron 3 millones y 2,4 millones, respectivamente. 

Con todo, el instructor no se olvida de los minoristas. Por ello antepuso los intereses de la Mutualidad General de la Abogacía por representar a más de 200.000 mutualistas y a otras asociaciones que también incluyen un gran número de perjudicados por la debacle de la entidad, como son Adicae y Aemec. Este criterio cuenta con el apoyo de los magistrados de la Sala de lo Penal porque ni condiciona el acceso a la jurisdicción de todos aquellos que tienen que agruparse en una de las diez defensas letradas ni tampoco suprime su derecho a defensa. 

Lejos de ello, dicen que Calama intenta con este movimiento abarcar "la totalidad de sensibilidades posibles" teniendo en cuenta la disparidad de acusados que buscan depurar responsabilidades ante la intensa fuga de depósitos que se produjo los últimos meses de la entidad (de hasta 16.000 millones) y que abocó al banco al abismo. Es más, el auto recoge una serie de resoluciones que fallaron en el mismo sentido; entre ellas la relativa al caso iDental en el que las acusaciones se cuentan por millares. "La personación de todos y cada uno delos perjudicados abocaría a la imposibilidad del manejo procesal de la causa, lo cual debe evitarse", sentencian los jueces. 

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