"Es un mero acuerdo"

La Audiencia estudia un recurso contra las medidas de Illa para cerrar Madrid

Un abogado recurre el acuerdo de la Conferencia Sectorial asegurando que no tiene base suficiente como para limitar derechos fundamentales. 

Fernando Simón, a la derecha, y Salvador Illa, en una de sus comparecencias. - EFE Fernando Simón, a la derecha, y Salvador Illa, en una de sus comparecencias
Fernando Simón, a la derecha, y Salvador Illa, en una de sus comparecencias. - EFEFernando Simón, a la derecha, y Salvador Illa, en una de sus comparecencias
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Las medidas para cerrar Madrid ya están en la Audiencia Nacional. Un abogado valenciano ha recurrido el acuerdo alcanzado para cerrar una decena de municipios de España, entre ellos Madrid, por el alto número de contagios de Covid que registra. En su escrito, el letrado pide a la Sala de lo Contencioso -que es la que estudia los recursos contra las órdenes del Ejecutivo- que adopte medidas cautelarísimas contra lo publicado en el BOE este mismo jueves con el fin de paralizarlas. Se trata de una petición que se formula cuando concurren circunstancias de "especial urgencia" por lo que se resuelve sin escuchar a las partes y en un plazo máximo de cinco días.

Curro Nicolau, que ya actuó contra el Gobierno de Pedro Sánchez ante el Tribunal Supremo tras decretar el estado de alarma, vuelve a la carga ahora en la Audiencia Nacional alegando que no pueden limitarse o restringirse derechos fundamentales como la libertad de movimiento con un "mero acuerdo" de una Conferencia Sectorial (en referencia al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud). Según expone en su recurso, al que ha tenido acceso La Información, estos derechos recogidos en la Constitución "únicamente pueden ser suspendidos" tras la declaración, no ya del estado de alarma, sino de excepción o de sitio.  

Se trata pues del primer recurso interpuesto contra el acuerdo alcanzado este miércoles y el cual, tras su publicación esta mañana en el BOE, entraría en vigor y sería de obligado cumplimiento en 48 horas. El letrado valenciano actúa de este modo en medio de la crisis política desatada entre el Ejecutivo central y el Gobierno de la Comunidad de Madrid, que ya trabaja igualmente en su recurso. El escrito, encargado a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, basa su argumentario en el propio reglamento del CISNS. Fuentes del Gobierno madrileño explican a este diario que el razonamiento jurídico se centra en incumplimiento del artículo 14, el cual hace hincapié en que los acuerdos alcanzados en su seno deben aprobarse por completo; hecho que no se produce en este caso. 

"Lesionan derechos fundamentales"

Las medidas de confinamiento a aplicar en municipios que superen los 500 contagios por cada 100.000 habitantes no podrían, según el recurso del abogado, ser de obligado cumplimiento puesto que atentan contra derechos fundamentales. "No existe ninguna norma habilitante que faculte al CISNS y al Ministerio de Sanidad la regulación y restricción del ejercicio de derechos fundamentales cuando hemos visto que únicamente puede llevarse a cabo a través de una Ley Orgánica, situación que de ninguna manera se ha producido en el presente caso", reza el escrito. Además, y en lo que al derecho de reunión respecta, el letrado asegura que el acuerdo de limitar las reuniones sociales a un máximo de seis personas no ha sido sido modulado por una Ley orgánica sino "simplemente delimitado por un acto administrativo". 

El escrito también apunta en la línea del Ejecutivo de Ayuso al asegurar que no pueden considerarse medidas de obligado cumplimiento porque el reglamento del consejo habla de "recomendaciones" que se adoptan por consenso. "Debe tenerse en cuenta que el citado acuerdo no fue adoptado por consenso según se desprende del acta de reunión", añade, en referencia a la disconformidad mostrada tras la reunión de ayer por los gobiernos autonómicos de Andalucía, Galicia, Cataluña y la ciudad autónoma de Ceuta. Por ese motivo concluye que el acuerdo de Illa para restringir movilidad y horarios en las zonas más azotadas por la pandemia "formaliza una auténtica suspensión de derechos de alcance cuasi universal" y lo sitúa fuera del marco constitucional.   

Competencia de la Audiencia Nacional

En plena guerra abierta entre el Gobierno central y el equipo de Madrid por la aplicación de las nuevas recomendaciones adoptadas, el Tribunal Supremo ha resuelto en un auto acerca de la competencia para estudiar todos estos asuntos. Los magistrados han analizado un recurso de la Asociación de Consumidores ACUS contra un acuerdo del CISNS del 16 de julio de 2020 sentenciado que es la Audiencia Nacional la que debe analizarlo. El Supremo explica que no se trata de actuaciones del Consejo de Ministros ni tampoco de Comisiones Delegadas del Gobierno en que sí sería competente el alto tribunal, como ocurrió con las medidas adoptadas bajo el estado de alarma.  

Al contrario, la Sala de lo Contencioso explica que en la conferencia sectorial participa un miembro del Gobierno -esto es, el ministro Illa- así como representantes de todas las comunidades autónomas, por lo que lo adecuado es atribuir la competencia a la Audiencia Nacional. Se trata de un auto que allana el camino a los gobiernos regionales que quieran llevar ante la Justicia y que descarta igualmente que esto lo puedan resolver los tribunales superiores de justicia de cada comunidad autónoma. 

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