Advirtió de la falsedad de los contratos

La ICC abandona a Luceño y Medina y se desentiende de pedir responsabilidades

"ICC no puede hablar de la exigibilidad de los contratos en casos particulares”, afirmó la organización en un escrito aportado a la causa. Anticorrupción solicita aclarar las consecuencias de utilizar su logotipo.

Luis Medina
La ICC abandona a Luceño y Medina y se desentiende de pedir responsabilidades.
Europa Press

La Cámara de Comercio Internacional (ICC, por sus siglas en inglés) es una organización empresarial mundial, creada en 1919, para fomentar el comercio entre empresas, cámaras de comercio y asociaciones empresariales procedentes de más de 130 países. Tiene la condición de entidad consultiva de primer orden ante la ONU y mantiene una estrecha relación con otras organizaciones internacionales como la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el Fondo Monetario Internacional (FMI), o el Banco Mundial. En este sentido, para evitar -y advertir- de prácticas irregulares, luchar contra el fraude y la corrupción, el organismo lleva años redactando lo que se puede entender como guías de buenas prácticas, en las que incluye cláusulas para que las empresas, comerciantes y miembros socios puedan incorporarlos a sus contratos. No obstante, no tiene ni el deber ni la obligación de exigir responsabilidades a quienes incumplan sus recomendaciones.

"ICC no puede hablar de la exigibilidad de los contratos en casos particulares", afirmó la organización en un escrito, que ha podido ser consultado por La Información, aportado por la Fiscalía Anticorrupción al sumario del denominado 'caso Mascarillas'. "Es posible que desee consultar con un asesor legal cualquier pregunta sobre la exigibilidad del contrato en un caso particular", reza la misiva, que añade que "la única versión oficial del 'Modelo de contrato de intermediario ocasional de la ICC: acuerdo de no elusión y no divulgación', es la que se vende en ICC Publications SA, disponible en papel o en formato de libro electrónico a través de la librería en línea", y que cuesta 70 euros.

Así consta adjunto en un reciente escrito remitido por el fiscal Luis Rodríguez Sol al juez instructor Adolfo Carretero, en el que solicita que el Comité Español de la Cámara de Comercio Internacional indique "¿cuáles son las consecuencias de utilizar el logotipo de la ICC en la redacción de contratos, tanto si esta utilización tiene lugar en modelos aprobados por ICC, como si se hace en modelos no autorizados?". Una petición que llega después de que el magistrado, atendiendo a las peticiones de las acusaciones ejercidas por el Ayuntamiento de Madrid y Podemos, haya reclamado a dicha organización que informe sobre la veracidad o falsedad de los documentos que los comisionistas aportaron a los bancos para justificar el ingreso de 6 millones de euros por haber actuado como "agentes exclusivos" de Leno Marketing, la empresa de Malasia que fue contratada por el consistorio madrileño para el suministro de mascarillas, guantes y test rápidos, por el importe de 11,9 millones de dólares (10,9 millones de euros), recién iniciada la pandemia de coronavirus. De este modo, se trata de dilucidar si existen pautas internaciones sobre el porcentaje del cobro de comisiones.

Lo cierto es que Anticorrupción sospecha de la falsedad de estos documentos desde el inicio de la investigación, en noviembre de 2020 -cuando la causa aún no estaba judicializada-, tras recibir la alerta del Sepblac sobre una presunta estafa al Ayuntamiento de Madrid. La unidad de inteligencia financiera advirtió de la existencia de presuntas irregularidades en los tres contratos firmados en marzo de 2020, después de analizar la documentación que las entidades bancarias de Luceño y Medina hicieron llegar para acreditar la legalidad de los fondos. Precisamente, este lunes declararon como testigos ante el juez Carretero los dos directores de las sucursales bancarias que recibieron las comisiones. En el caso de Medina, la responsable de la oficina de Deutsche Bank corrigió la versión del imputado y señaló que fue ella la que le requirió la documentación que ahora está bajo lupa. Asimismo, recordó que el hijo del fallecido duque de Feria y Naty Abascal, le advirtió que, además del millón de euros que percibió por la compraventa de mascarillas, pensaba que iba a recibir más dinero

Por su parte, el director de la sucursal de CaixaBank relató que él recibió directamente de Luceño la documentación que justificaba su relación con Leno Marketing, y que la trasladó al departamento de blanqueo de capitales, como era habitual. No obstante, desconoce cómo se puso en manos del Sepblac. Según indicó la Fiscalía Anticorrupción, se trata de unos archivos en los que no coinciden firmas, hay una fecha incorrecta, y se han incluido membretes de organismos que nada tienen que ver con el comercio internacional, como el FBI e Interpol. Por ello, hace justo un año, el fiscal Rodríguez Sol libró una comisión rogatoria -petición de auxilio judicial- a Malasia para que localizaran al dueño de la empresa proveedora de material sanitario para aclarar varios puntos al respecto. A día de hoy, las preguntas siguen sin respuesta, ya que las autoridades del país asiático comunicaron que el dueño de la mencionada mercantil, San Chin Choon, no quiere colaborar con la Justicia, pese a que el propio empresario lo desmintiera unos días después a un medio de comunicación.

ICC ya advirtió de la falsedad

A todo ello se suma que el pasado 27 de abril, la división española de ICC advirtió públicamente que los modelos de los contratos utilizados por los comisionistas son falsos. Según afirmó en un comunicado, en los documentos investigados se incluyó de forma "no autorizada" el antiguo logotipo de la organización. Asimismo, la Cámara de Comercio detectó que los textos "no se corresponden con ningún modelo de documento avalado por la ICC", ya que en ellos no se debería indicar "ningún criterio sobre la cuantía de la comisión que corresponda al intermediario", puesto que "no existe ninguna pauta internacional que cuantifique ese importe". Todo ello ha motivado al titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, a solicitar su colaboración para aclarar las sospechas acerca de la presunta manipulación de documentos, por el cual se atribuye a Luceño y Medina el delito de falsedad documental, junto con el de estafa agravada y blanqueo de capitales.

Fuentes jurídicas consultadas por este diario explican que no es obligatorio para los empresarios que incluyan en sus contratos las cláusulas de la ICC, ya que se tratan de "recomendaciones", si bien precisan que si éstas llegan a introducirse en los acuerdos comerciales, "deberán ser de obligado cumplimiento como cualquier otra condición o compromiso que en ellos se plasmen".  En este sentido, aunque la ICC haga una labor de uniformar las normas, principios y prácticas del comercio internacional, convirtiendo sus modelos en 'lex mercatoria', las mismas fuentes recalcan que "son los tribunales los que deben controlar que se han cumplido las leyes e investigar si se ha cometido un delito, así como las cortes de arbitraje resolver otros tipos de conflicto". Aún así, señalan que tampoco sería "extraño" que los jueces se apoyen en las reglas que proponen organismos de prestigio, como puede ser la Cámara de Comercio Internacional.

"Agente" y "facilitador"

En su declaración ante el juez, Luceño aseguró que San Chin Choon le designó como "agente exclusivo" en 2018, pese a que el único trabajo que han realizado de manera conjunta fue el relacionado con el Ayuntamiento que dirige José Luis Martínez-Almeida, y por el que se embolsó hasta 5 millones de dólares. Por su parte, Medina fue el "facilitador" del 'negocio', si bien se le denominó como "agente" en los documentos entregados al banco para demostrar que tenía relación con la empresa que le iba a ingresar un millón de dólares por conseguir el contacto de Elena Collado, la encargada municipal de encargar las mascarillas. Es un "mero formalismo", aseguró este investigado. Ante la insistencia del magistrado instructor en sus preguntas, ambos defendieron la normalidad de no informar al consistorio madrileño de las comisiones que iban a percibir, escudándose en el "acuerdo de confidencialidad" firmado con la empresa asiática y que ahora está en cuestión. 

"Es una retribución mía, propia, con un suministrador. Nadie va diciendo sus retribuciones", remachó Luceño, que aseguró también que él elaboró junto al dueño de Leno Marketing los citados documentos, basándose en "modelos", tal y como suele hacerse en todas las operaciones de "comercio internacional", de acuerdo a su versión. Asimismo, explicó que "según la Cámara de Comercio de París" -donde se encuentra la sede de la ICC- se debe estipular el porcentaje de comisión que cada parte debe recibir de acuerdo "al uso y la costumbre del sector que se lleve". Precisamente este es uno de los aspectos que el juez Carretero ha solicitado a la organización internacional que aclare. 

Para esclarecer si estos contratos entre empresarios se elaboraron 'ad hoc' para evitar que las entidades bancarias sospecharan del origen del dinero,  Podemos ha solicitado recientemente al juez instructor que oficie a la Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Comisaría General de la Policía Judicial que recupere los documentos enviados a los dos bancos para justificar el ingreso de las comisiones. El objetivo de dicha diligencia sería extraer los metadatos de los archivos y examinar su autoría y fecha de creación. El magistrado instructor aún no se ha pronunciado sobre si acepta o rechaza realizar esta diligencia.

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