Consultorio laboral

El ERTE en la Renta: ¿puedo pedirle al SEPE que me suba la retención de IRPF?

Hacer la declaración con dos pagadores, ayudas para españoles retornados desde el extranjero, amenazas de despido como acoso laboral... Cuéntanos tu caso escribiendo a consultoriolaboral@lainformacion.com con el asunto 'Pregunta al Consultorio Laboral'.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Lukasz Radziejewski de Pexels.

El mecanismo de los ERTE ha supuesto una auténtica transformación del mercado laboral. No en vano, actualmente hay casi un millón de españoles que permanecen con su contrato suspendido temporalmente. Algunos llevan así desde durante un año, desde que en marzo de 2020 el Gobierno habilitara esta opción para evitar la destrucción masiva de empleo. Ahora, conforme se acerca la fecha para presentar la Renta (a partir del próximo 7 de abril), surgen cada vez más dudas sobre cómo incluir los ERTE en la declaración. En este sentido, ¿se puede pedir al SEPE que te suba la retención de IRPF? Esta semana resolvemos estas y otras cuestiones en el Consultorio Laboral de 'La Información'.

¿Tienes dudas sobre ERTE, empleo o derechos laborales? ¿Quieres saber cómo ser más productivo o cómo gestionar talento en tu empresa? Desde 'La Información' queremos ayudarte a resolver todas tus dudas. Cuéntanos tu caso por varias vías: escríbenos a consultoriolaboral@lainformacion.com con el asunto 'Pregunta al Consultorio Laboral'; en Twitter, con el hashtag #ConsultorioLaboral y mencionando a @la_informacion; o a través de nuestro LinkedIn. Esta semana también resolvemos dudas sobre cuestiones como hacer la declaración con dos pagadores, ayudas para españoles retornados desde el extranjero o amenazas de despido como acoso laboral.

1. Declaración de la renta con dos pagadores

PREGUNTA: Si tengo dos pagadores pero ninguno llega a 14.000 euros, ¿tengo obligación de hacer la declaración de la Renta?

RESPUESTA: Depende de las cantidades concretas. Por debajo de 12.000 euros de ingresos anuales, no estarías obligado, tengas los pagadores que tengas. Entre 12.000 y 22.000 euros en total, estás obligado si tienes más de un pagador, cuando el segundo y posteriores pagadores sumen más de 1.500 euros. Por encima de 22.000 euros, estás obligado tengas los pagadores que tengas.

2. Pedir al SEPE que te suba la retención del IRPF

PREGUNTA: Estoy en ERTE parcial. ¿Puedo pedirle al SEPE que me suba la retención de IRPF?

RESPUESTA: Sí. Cuando estás en ERTE sucede como cuando estás cobrando el subsidio por desempleo y el SEPE actúa como pagador a efectos fiscales. Esto significa que, si deseas que te suban la retención del IRPF, debes comunicárselo al organismo.

3. Ayudas para españoles retornados del extranjero

PREGUNTA: Soy un emigrante expatriado en Brasil, pero quiero volver a España. ¿Existen ayudas para el emigrante retornado?

RÍO DE JANEIRO (658 EUROS)
3. Ayudas para españoles retornados del extranjero

Pixabay

RESPUESTA: Sí. En el ministerio de Exteriores existe un subsidio de desempleo para retornados, para quienes han trabajado en el extranjero al menos doce meses en los últimos seis años (desde su última salida de España). Además, se cubre la sanidad del retornado y sus dependientes. La duración es de seis meses, prorrogables hasta los 18 meses. Puedes consultar las condiciones concretas en la web de Exteriores.

4. Dejar un empleo y cobrar el paro

PREGUNTA: Tengo contrato indefinido, pero he decidido irme de la empresa. ¿Puedo solicitar los 'papeles' del paro?

RESPUESTA: No. Cuando una persona decide irse de motu proprio de una empresa no tiene derecho a prestación por desempleo, que solo se puede solicitar cuando se produce un despido o finaliza el contrato. Otra cosa es que, en la práctica, la salida se produzca de mutuo acuerdo y la empresa acepte formular un despido que no le acarree costes y a ti te permita tener derecho a paro.

5. Amenazas de despido como acoso laboral

PREGUNTA: Mi jefe me dice que le salgo más caro como empleado fijo que subcontratar a alguien y amenaza constantemente con despedirme. ¿Puedo cogerme la baja por acoso laboral?

Cualquier empleado puede atravesar una crisis. / Pexels
5. Amenazas de despido como acoso laboral

Pexels

RESPUESTA: Aunque no existe una definición legal, la jurisprudencia ya ha considerado previamente que la amenaza constante y reiterada de despido puede ser interpretada como una forma de acoso laboral. En tu caso, se trata de una conducta claramente abusiva por parte de tu jefe, por lo que una opción es coger la baja laboral por daños a tu "integridad psíquica". Por otra parte, te recomendamos encarecidamente buscar otra empresa lo antes posible.

cuéntanos tu caso

  • ¿Hay trabajo más allá de un ERTE? ¿Qué derechos tiene un empleado con la nueva Ley del Teletrabajo? ¿Qué habilidades son las más importantes en el CV para encontrar empleo? Desde 'La Información' queremos ayudarte a resolver tus en nuestro nuevo Consultorio Laboral. ¿Es tu caso? Escríbenos a consultoriolaboral@lainformacion.com con el asunto 'Pregunta al Consultorio Laboral'.
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