Consultorio de vivienda

¿En qué plazo y dónde debo depositar la fianza del alquiler de una vivienda?

El depósito es gratuito, sin devengo de interés. Recuerde que, en caso de los alquileres de vivienda, la fianza no podrá superar la cuota correspondiente a una mensualidad de la renta.

Contrato de alquiler de una vivienda
Contrato de alquiler de una vivienda
©[Kanchanachitkhamma de Getty Images] a través de Canva.com

Pregunta

  • Acabo de firmar el contrato de alquiler de una vivienda.
    ¿En qué plazo y dónde tengo que depositar la fianza asociada al mismo?

Esto es competencia de las comunidades autónomas, así que tendrá que consultar cuál es el organismo concreto de la consejería de vivienda de su comunidad. Como regla general, el plazo oscila entre los quince días y un mes a contar desde la fecha del contrato.

El depósito será gratuito, sin devengo de interés. En Madrid, por ejemplo, el plazo es de treinta días a contar desde el día siguiente al de la fecha de celebración del contrato, sin perjuicio de lo que se establezca para el régimen especial de concierto al que se sujetan quienes tienen varios inmuebles arrendados.

Si no cumple en plazo, no pasa nada grave, solo le girarán un pequeño recargo. En Madrid, 2% del importe de la misma, salvo que hubiera transcurrido más de un año desde la fecha de celebración del contrato, en cuyo caso se aplicará un recargo del 5%.

Se trata de una obligación meramente administrativa, los efectos civiles del arrendamiento no se ven afectado por el hecho de que se deposite o no la fianza. Recuerde que, en caso de alquileres de vivienda, la fianza no podrá superar una mensualidad de renta.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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