CEOE insta a sus socios a amonestar a los empleados que no registren sus jornadas

Antonio Garamendi, presidente de CEOE / EFE
Antonio Garamendi, presidente de CEOE / EFE

Las empresas tienen desde este lunes la obligación de registrar en un documento "fiable, que permita la trazabilidad y que no se pueda modificar a posteriori", según las indicaciones del Ministerio de Trabajo, la jornada diaria de todos y cada uno de sus trabajadores, so pena de sanciones que pueden llegar hasta los 6.250 euros en los casos de incumplimiento más flagrantes, según ha advertido CEOE a sus asociados en un documento interno sobre este cambio legal al que ha tenido acceso La Información. 

La norma ha puesto toda la responsabilidad sobre la adecuada cumplimentación de este Registro Obligatorio de Jornada en las empresas -a las que se imputará una infracción grave en caso de incumplimiento de esta nueva obligación- y éstas quieren también blindarse ante cualquier eventualidad que se pueda dar y que no sea imputable a su compromiso con el cumplimiento de la nueva normativa. Con ese objetivo, la segunda recomendación que CEOE ha incluido en el documento informativo con doce notas básicas sobre la reforma legal que ha circulado a sus asociados incide en que "para dar cumplimiento a dicha obligación es imprescindible el concurso y la colaboración de los trabajadores" y en que "en caso contrario, deberá aplicarse el correspondiente régimen disciplinario".

Fuentes de la organización empresarial recalcan que se trata de una disposición meramente preventiva y que no esperan que se produzcan incumplimientos relevantes en este sentido por parte de los trabajadores. Pero lo cierto es que cualquier incumplimiento en la cumplimentación del Registro Horario en el seno de una empresa, sea imputable a la empresa o a los trabajadores, se cargará a la responsabilidad empresarial y CEOE ha estimado conveniente advertir a las empresas sobre el asunto.

Las faltas y sanciones por incumplimientos laborales de los empleados se regulan en el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores y las sanciones que se les pueden imponer van desde una simple amonestación, hasta suspensiones de empleo y sueldo y pueden llegar incluso al despido.

Más control sobre los 'descansos' durante la jornada de trabajo

"La ley exige que el registro diario de la jornada incluya el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada trabajador", explica el documento circulado por la organización empresarial, que un poco más adelante matiza: "A los efectos oportunos se recuerda que presencialidad no equivale a tiempo de trabajo efectivo, por lo que el registro podrá consignar las pausas realizadas por el trabajador durante su jornada".

La clave

Cambios en la regulación laboral

Las empresas aprovecharán el Registro Horario Obligatorio para descontar de la jornada laboral las pausas del café, el cigarro o las gestiones particulares desde el trabajo.

Fuentes del ámbito empresarial y de la asesoría laboral avanzan que las empresas aprovecharán la implantación del Registro Horario Obligatorio para 'limpiar' de polvo y paja la jornada laboral de sus empleados. En una jornada informativa organizada por CEOE y a la que asistieron la secretaria de Estado de Empleo, Yolanda Valdeolivas; el subsecretario del Ministerio de Trabajo, Raúl Riesco; y la directora de la Inspección, Soledad Serrano, representantes empresariales ya manifestaron que había hábitos como la pausa del café, el cigarrito u otras cuestiones más cotidianas como las llamadas personales desde el trabajo o las gestiones particulares desde el puesto de trabajo - "todos hemos visto 'Cámara Café'", apuntaron desde una consultora- que no forman parte en estricto de la jornada laboral y que se deberían tener en cuenta. 

CEOE insta a su asociados a recoger esas pausas de manera explícita en "acuerdos individuales o colectivos" para plasmarlas "de forma que ofrezcan fiabilidad, sin que sean posibles variaciones posteriores". Es decir, que las empresas tienen la intención de abrir una negociación con los representantes sindicales, en su caso, o con los trabajadores de forma directa para descontar de la jornada registrada las pausas de cualquier naturaleza que se tomen durante el horario de trabajo.

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