Protección "desigual", según Yolanda Díaz

Europa da luz verde a una 'Ley Rider' más laxa en derechos laborales que la española

Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social se critica la falta de contundencia a la hora de establecer la presunción de laboralidad, aunque cada estado miembro decidirá cómo calificada a los trabajadores.

Díaz insiste en la importancia de Inspección para cumplir con la Ley Rider
El Consejo acuerdan la ley Rider europea con la abstención de Alemania y Francia
Isabel Infantes / Europa Press

Los ministros de Empleo de la Unión Europea (UE) han dado este lunes su visto bueno a la directiva que pretende mejorar las condiciones laborales en plataformas digitales como Uber y reducir el número de falsos autónomos en esas empresas. Esta propuesta va en paralelo con la llamada 'ley Rider' española y fue impulsada en el seno de la UE por España el semestre pasado, durante su presidencia del Consejo de la UE. 

Con el acuerdo alcanzado este lunes, los ministros de Empleo y Asuntos Sociales han confirmado el acuerdo provisional alcanzado el pasado 8 de febrero con los negociadores del Parlamento Europeo sobre la directiva sobre el trabajo en plataformas tras dos intentos fallidos previos. Esta ley busca aclarar el estatus laboral de los trabajadores de plataformas de reparto a domicilio, a fin de corregir el falso trabajo por cuenta propia para garantizar unas mejores condiciones laborales.

La presidencia belga del Consejo puso sobre la mesa una nueva propuesta de compromiso que rebajaba la ambición del acuerdo inicial para atender a las preocupaciones de los Estados miembro, un documento que el ministro belga responsable del ámbito empresarial, David Clarinval, describió como "el texto de la última oportunidad" y aseguró que este realiza "concesiones importantes" para salvar las reticencias de los 14 Estados miembro que expresaron reparos.

Estonia y Grecia, países que hasta ahora se habían abstenido, anunciaron su apoyo a la ley. Tras los cambios de las posturas de esos países, el texto legislativo ha conseguido suficientes apoyos entre los Estados miembros para salir adelante. Francia y Alemania han sido los dos únicos países que no han votado a favor de la medida. 

El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales de Alemania, Hubertus Heil, ha explicado durante la sesión pública en la que se ha debatido la ley que debía abstenerse en la votación porque uno de los socios de coalición de su gobierno -el Partido Democrático Liberal- no podía dar su aprobación al texto, algo que ha lamentado "profundamente" antes de asegurar que le desea "lo mejor" a este expediente.

Por su lado, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha reiterado que el de 8 febrero "no es un acuerdo perfecto" y "no entusiasma" a España ya que puede dar lugar a una protección "desigual" de los trabajadores, pero lo ha apoyado, no obstante, porque prefiere situarse del lado de "la Europa que avanza" frente a "la que bloquea". Un comunicado remitido por Trabajo especifica que detalla el descontento por la "falta de contundencia a la hora de establecer la presunción de laboralidad".

Una vez completados los pasos formales de la adopción, los Estados miembros tendrán dos años para incorporar las disposiciones de la directiva a su legislación nacional y tendrán libertad para establecer si los trabajadores son considerados autónomos o por cuenta ajena. Los principales elementos del compromiso giran en torno a una presunción legal que ayudará a determinar la correcta situación laboral de las personas que trabajan en plataformas digitales. 

Además, los trabajadores de plataformas digitales, sus representantes o las autoridades nacionales podrán invocar esta presunción legal y alegar que están mal clasificados, mientras que corresponderá a la plataforma digital acreditar que no existe relación laboral.

Uso del algoritmo

El acuerdo alcanzado con el Parlamento garantiza que los trabajadores estén debidamente informados sobre el uso de sistemas automatizados de seguimiento y toma de decisiones sobre su contratación, sus condiciones de trabajo y sus ingresos, entre otras cosas.

También prohíbe el uso de sistemas automatizados de seguimiento o toma de decisiones para el tratamiento de determinado tipo de datos personales de las personas que realizan trabajos en plataformas, como datos biométricos o su estado emocional o psicológico.

Asimismo, se garantiza la supervisión y evaluación humana de las decisiones automatizadas, incluido el derecho a que dichas decisiones sean explicadas y revisadas.

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