Requisitos

Casos en que se puede cobrar la pensión de jubilación y el paro al mismo tiempo

El derecho a la prestación por desempleo se pierde cuando una persona llega a la edad legal de retiro, aunque hay excepciones. 

Billetes de euro.
Casos en que se puede cobrar la pensión de jubilación y el paro al mismo tiempo
Imagen de Pera Detlic en Pixabay

Una de las consecuencias directas de la pandemia de la Covid-19 ha sido el agujero que ha ocasionado en el mercado laboral. Los datos hablan por sí solos: a cierre de 2020, la tasa de desempleados subió más de un 2% con respecto a 2019 (según los últimos datos de la EPA). No solo eso, sino que entre enero de 2020 y enero de 2021, el número de parados de larga duración (aquellos que llevan más de 12 meses sin actividad) creció en un 52%. 

Una situación que ha generado un nuevo incremento de la demanda de las prestaciones contributivas. Pero, ¿qué ocurre si estoy cobrando el paro y llega el momento de jubilarme? ¿Puedo seguir cobrando la prestación? Lo cierto es que depende de cada caso. 

El derecho a la prestación por desempleo se pierde cuando una persona pasa a ser pensionista de jubilación, tras haber llegado a la edad legal de retiro, que en 2021 es de 65 años (37 años y 3 meses o más cotizados para obtener el 100% de la pensión) o de 66 años (en caso de no haber llegado a los años cotizados). 

Si al cumplir esa edad, no se reúnen los requisitos exigidos para cobrar dicha pensión, sí que puede continuar cobrando la prestación por desempleo. Será necesario, en este caso, presentar una certificación expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). 

También hay que tener en cuenta que el paro se puede recibir a la vez que la pensión de jubilación parcial o una pensión reconocida en un sistema distinto al español. 

En estos casos, si la prestación que se percibe es un subsidio por desempleo, la compatibilidad estará condicionada a que siga careciendo de rentas propias mensuales de cualquier naturaleza superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). Se excluirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias (el importe de la pensión, con prorrata de pagas extraordinarias, se tendría en cuenta como renta). Además se debe seguir acreditando, en su caso, responsabilidades familiares.

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