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Los casos en que se puede cobrar el paro cuando te reducen la jornada de trabajo

Según los últimos datos del SEPE, todavía hay 3,25 millones de desempleados; todavía son muchos los que precisan de algún tipo de ayuda o subsidio. 

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Los casos en que se puede cobrar el paro cuando te reducen la jornada de trabajo
Europa Press

El mercado laboral sigue en la senda de la recuperación a juzgar por los datos del SEPE que han pulverizado su propio récord con una caída histórica de 76.113 parados en septiembre. Cifra que supone el mayor descenso en este mes desde que hay registros. Por su parte, la afiliación a la Seguridad Social subió en 57.387 cotizantes. Eso sí, la estadística todavía muestra que hay 3,25 millones de parados, más de los que había en septiembre de 2019, antes de la pandemia. 

Con todo, todavía son muchos los que necesitan acudir al SEPE para solicitar algún tipo de ayuda o subsidio que le reporte una serie de ingresos con los que poder llegar a final de mes. En cualquier caso serán necesarios cumplir una serie de requisitos, sobre todo para cobrar la prestación contributiva, pues se precisará, entre otras, haber cotizado a desempleo al menos durante 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. 

Además, el paro también se puede cobrar en determinados casos en los que hay una reducción de jornada laboral. Tal y como explica el propio SEPE: "Podrá tener derecho a la prestación por desempleo si le reducen la jornada de trabajo por algunas de las siguientes causas": 

- En el primer supuesto, el organismo detalla que cuando es por decisión empresarial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. "La reducción debe ser temporal y estar comprendida entre un 10% y un 70% de la jornada diaria, semanal, mensual o anual, y siempre que el salario se reduzca de forma similar y sea debida a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o se produzca por causas de fuerza mayor, en cuyo caso será necesaria la autorización de la Autoridad Laboral", detalla el SEPE.

- En segundo caso, por resolución judicial adoptada en un procedimiento concursal, sin que estén comprendidas las reducciones de jornadas definitivas o que se extiendan a todo el periodo que resta de la vigencia del contrato de trabajo. 

Cuando no se podrá acceder al paro será si la reducción es definitiva o dura todo el periodo que quede pendiente de cumplir el contrato. Por ejemplo, si el trabajador acuerda con la empresa cambiar al horario. 

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