Tras la sentencia del Supremo 

Así es el formulario de Hacienda para devolver hasta 4.000 euros a los jubilados

Los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales puedan presentar sus peticiones de devolución del IRPF a la Agencia Tributaria a partir del 20 marzo.

Así es el formulario de Hacienda para devolver hasta 4.000 euros a los jubilados
Así es el formulario de Hacienda para devolver hasta 4.000 euros a los jubilados
Photographer: Dragos Condrea

La Agencia Tributaria habilitará a partir del 20 de marzo un formulario para que los jubilados que realizaron aportaciones a mutualidades laborales puedan presentar sus peticiones de devolución del IRPF, según ha informado el organismo a través de una nota informativa. Esta decisión por parte de Hacienda llega después de que una sentencia del Tribunal Supremo diera la razón a un jubilado del sector bancario que pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

La cantidad que pueden recuperar los jubilados mutualistas oscila entre los 3.000 y los 4.000 euros según cada caso. Y es que, para dar con la cifra hay que tener en cuenta los ingresos de la pensión y qué parte de la pensión exactamente procede de las aportaciones que hicieron a la mutualidad, que son sobre las que no se aplicó la reducción del 25%.

Hacienda también ha informado de que está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social y otros organismos, al objeto de atender las solicitudes de devolución para mutualistas a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos.

Documentación necesaria para la devolución del IRPF

Hacienda ha anunciado que se habilitará un sencillo formulario para la resolución de dichas reclamaciones de devolución del impuesto, algo que se hará a partir de la información de la que dispone la Agencia, así como de la información sobre la vida laboral de los solicitantes que el organismo recaba de la Seguridad Social y otros organismos.

Por tanto, no será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentación, puesto que, en general, la Agencia Tributaria ya contará con la información precisa para la resolución de la solicitud. No obstante, en el caso de que no sea posible resolver una solicitud concreta con la información disponible, se podrá requerir de los interesados a posteriori la aportación de la documentación que resulte necesaria.

Tanto el formulario de solicitud como la información relativa a este proceso se pondrá a disposición de los interesados a través de la sede electrónica de la AEAT. Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023, el que todavía no ha prescrito, si bien para 2023, en la mayoría de los casos, el cálculo ya aparecerá en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.

Para aquellos casos en los que la AEAT no cuente con información suficiente, no podrá ofrecer el cálculo en los datos fiscales, pero para solicitar el ajuste será suficiente con presentar el mismo formulario utilizado para los años anteriores.

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