A partir del mes de mayo

Iberdrola acuerda que su plantilla pueda trabajar desde casa dos días a la semana

La compañía asegura que ha ido más allá de lo regulado por el Gobierno en temas como la flexibilidad horaria y la prevención de riesgos. CCOO denuncia que la asignación del teletrabajo será discrecional.

Iberdrola sede
Iberdrola ha regulado el teletrabajo dos días a la semana en su nuevo convenio colectivo.
EFE

"El teletrabajo ha llegado para quedarse". Uno de los mantras más repetidos durante los últimos meses a cuenta de la generalización forzosa del trabajo domiciliario por los confinamientos decretados para contener la expansión del coronavirus va a convertirse en realidad para buena parte de los más de 9.000 trabajadores de Iberdrola a partir del próximo mes de mayo. Según fuentes sindicales, será a partir de entonces cuando los trabajadores de la compañía eléctrica podrán empezar de forma voluntaria a solicitar a los responsables de cada unidad acogerse a este derecho, regulado por el Gobierno allá por el mes de septiembre y que Iberdrola ha incorporado a su nuevo convenio colectivo en unas condiciones que según asegura la empresa van más allá de la normativa estatal en aspectos como la prevención de riesgos laborales, la flexibilidad horaria, la seguridad en la información o en los medios puestos a disposición de los trabajadores para desempeñar sus tareas desde el domicilio.

Poco o nada de esas mejoras se aprecia sin embargo en la redacción del artículo 21 del convenio, el que regula por primera vez el teletrabajo en la empresa, que se limita a reglamentar a nivel interno la opción del teletrabajo "entendiendo como tal el desempeño del trabajo en el domicilio habitual dos días semanales, por considerar esta modalidad sin desconexión total del trabajo presencial como la mejor opción para ambas partes, evitando de esta forma algunos de los riesgos asociados a esta modalidad de trabajo a distancia". El convenio acordado con los sindicatos Atype, SIE y USO, pero del que se han descolgado UGT y CCOO, advierte eso sí de que la asignación del teletrabajo se hará sin merma de la eficiencia y de la productividad

Según fuentes sindicales, esto significa básicamente que la aprobación de las solicitudes no será automática sino que se determinará por los responsables de cada unidad de la compañía. Aclaran, no obstante, que aunque el funcionamiento de este mecanismo está por determinar la empresa deberá justificar debidamente las solicitudes de trabajadores que no sean admitidas. Para Comisiones Obreras la asignación "totalmente discrecional" por parte de la empresa del teletrabajo fue uno de los 18 puntos que le llevaron a no poner su firma en el nuevo convenio de Iberdrola.

Los sindicatos firmantes valoran de forma muy positiva el acuerdo. "Era una vieja aspiración sindical que por fin se ha terminado regulando", aseguran desde Atype. "Hemos conseguido que no se regule el teletrabajo en el marco de las medidas de conciliación para el personal y eso es importante, porque no todos (los sindicatos) estábamos de acuerdo en esto y es importante que reciban un trato diferente", asegura Mikel Sesé, de USO.

Registro horario y los controvertidos excesos de jorada

El teletrabajo se desarrollará según la misma jornada diaria pactada con carácter general en el convenio colectivo, si bien tendrá algunas especificidades a efectos de registro horario, según la empresa se ha encargado de precisar. Por ejemplo que se entenderá como tiempo efectivo de trabajo "exclusivamente aquel dedicado a actividades propias del puesto, descartando todos aquellos tiempos empleados en descansos o actividades personales, incluyendo aquellas realizadas con los medios puestos a disposición por la compañía", cuya naturaleza y prestación tampoco se regula en el convenio y según los sindicatos se precisará más adelante en los órganos de seguimiento de los acuerdos del convenio constituidos al efecto.

La compañía precisa también que ejecutará el registro horario de la jornada laboral de las personas en teletrabajo a través de una aplicación. Iberdrola ha llegado al acuerdo con los tres sindicatos que ostentan más de la mitad de la representación en el Comité de Empresa de que sólo serán tenidos en cuenta como 'excesos de jornada' aquellas horas extra que vengan motivadas por una orden expresa de la Jefatura, sobre el bien entendido de que el margen de flexibilidad que permite el convenio en cuanto a la posibilidad de hacer descansos o dedicar tiempos a temas estrictamente no laborales, según la definición elegida en la redacción del convenio, permite que no sean tenidas en cuenta como tiempo de trabajo las horas que excedan de la jornada laboral establecida por convenio sin petición previa de la jefatura.

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