Jubilación

Cómo jubilarse a los 50 años y cobrar el 100% de la pensión

Los trabajadores de determinados sectores profesionales pueden adelantar su edad de jubilación y acceder a una pensión completa con una edad cercada a los 50 años. Grupos mineros o personal de vuelo son algunos ejemplos.

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Cómo jubilarse a los 50 años y recibir la pensión completa
Foto de Gustavo Fring / Pexels

Los 66 años marcan la edad de jubilación ordinaria en España, aunque quienes hayan cotizado más de 35 años podrán retirarse a los 65 años e incluso adelantar la fecha hasta los 64 años de forma voluntaria y hasta los 62 por causas involuntarias. ¿Qué pasa si quieres jubilarte antes? ¿Es posible jubilarse a los 50 años?

Lo cierto es que la Seguridad Social permite adelantar el retiro en determinadas situaciones, pero no hasta los 50 años. Sin embargo, sí que es posible jubilarse muy cerca de esa edad: a los 52 y 55 años. Para ello hay trabajar en determinadas profesiones o tener acreditado algún grado de minusvalía.

Qué profesionales se puede jubilar a partir de los 50

Las personas con "trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad" podrán jubilarse a los 52 o a los 55 años explican desde la Seguridad Social.

Esto afecta a grupos como los mineros, personal de vuelo en trabajos aéreos, trabajadores del mar, trabajadores ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos, policías locales y ertzainas.

En estos casos es posible dejar de trabajar antes de tiempo y cobrar incluso el 100% de la pensión pública.

Otras situaciones que dan derecho a jubilarse a los 50

Además de estos casos, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% también podrán jubilarse a los 52 años si quieren. En su caso, podrán elegir entre cobrar la pensión de jubilación o una pensión por incapacidad permanente hasta alcanzar la edad de jubilación.

Al alcanzar esa edad, la pensión por incapacidad se convertirá en una de jubilación.

Por su parte, las personas con una minusvalía de entre el 45% y el 65% podrán jubilarse a los 56 años. Además, con el último cambio normativo solo es necesario haber cotizado durante 5 años a la Seguridad Social.

En cualquier caso, estas personas tendrán que acreditar haber estado afectadas durante por lo menos 15 años de algunas de las patologías que permiten jubilarse a los 56 años. El listado de enfermedades para jubilarse incluye:

  • Discapacidad intelectual.
  • Parálisis cerebral.
  • Anomalías genéticas como el síndrome de Down, síndrome de Prader Willi, osteogénesis imperfecta o fibrosis quística, entre otras.
  • Trastornos del espectro autista.
  • Anomalías congénitas secundarias a Talidomida.
  • Secuelas de polio o síndrome postpolio.
  • Daño cerebral (adquirido).
  • Enfermedades mentales como esquizofrenia o trastorno bipolar.
  • Enfermedades neurológicas como esclerosis lateral Amiotrófica, esclerosis múltiple o lesión medular traumática.

Cómo dejar de trabajar a los 50 años y tener pensión pública

Hay otras dos vías para dejar de trabajar a los 50 años y disfrutar de la pensión pública, pero ninguna implica hacerlo a los 50 años o cerca de esa edad.

La más habitual es la que sufren muchos trabajadores que pierden su trabajo con 50 años o más. En este caso, es posible cobrar el paro, después el subsidio por desempleo, la renta activa de inversión o RAI y, por último, el subsidio para mayores de 52 años.

La cuantía del subsidio asciende a 480 euros mensuales, lo que supondría limitar mucho los ingresos hasta alcanzar la jubilación. Y es que, no empezarías a cobrar la pensión pública hasta los 63 años como pronto y eso si decides adelantar el retiro, lo que supondría perder una parte importante de la pensión de jubilación.

La segunda alternativa para jubilarte a los 50 y cobrar la pensión pública pasa por no trabajar y firmar el convenio especial con la Seguridad Social. Este convenio sirve para seguir cotizando a la Seguridad Social aunque no estés trabajando ni dado de alta en ningún régimen.

Así, llegado el momento de la jubilación tendrás derecho a cobrar la pensión mínima si has cotizado 15 años.

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