Deducciones, ciudadanos obligados...

Último día para presentar la declaración de la Renta 2021: lo que debes saber

Del total de borradores, el Ministerio de Hacienda espera más de 14 millones se resuelvan con derecho a devolución, un 1,1% más que en el anterior ejercicio.

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
Imagen de Racool_studio.

Han pasado casi tres meses desde que comenzara la campaña de la Declaración de la Renta 2021. Este jueves, 30 de junio, concluye el plazo determinado por el Ministerio de Hacienda y con este, el periodo de tiempo previsto para que los contribuyentes puedan presentar su borrador con el IRPF y el Impuesto de Patrimonio. En esta campaña la Agencia Tributaria espera devolver 11.122 millones de euros, lo que supone un 5,8% más que en la campaña IRPF anterior, y estima que recibirá 21.921.000 declaraciones, un 0,9% más que en la Campaña 2020.

Desde el pasado 6 de abril, todas aquellas personas que cumplan con los criterios exigidos y, sobre todo, que tengan un límite de ingresos superior o igual a lo establecido (22.000 euros en caso de tener un pagador; 14.000 euros si se tienen dos o más pagadores) están obligados a rendir cuentas con Hacienda. Del total de declaraciones, se espera que 14.350.000 den derecho a devolución, un 1,1% más que en la anterior campaña, mientras que el número de contribuyentes con declaraciones a ingresar será de 5.971.000, un 1,5% menos, por importe de 13.400 millones de euros, un 10,8% más.

Deducciones comunes 

Será necesario estudiar el borrador detenidamente para poder beneficiarse de todas las deducciones fiscales sobre el IRPF a las que se pueda optar. Y es que, aunque muchos contribuyentes son conscientes de las desgravaciones más comunes, existen muchas otras que pasan desapercibidas. Existe la posibilidad de que se pueden aplicar dos tipos de deducciones, las aplicables a todo el territorio nacional y las que marque el gobierno autonómico en la región que se resida habitualmente.

Ejemplos de las desgravaciones más comunes pueden ser el coste del alquiler o de la vivienda, hasta los gastos de paternidad o maternidad y las inversiones realizadas a lo largo del año. Otro factor clave son las donaciones, es decir, tanto el dinero que hemos recibido en concepto de herencias como aquel que hemos dado a asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro.

Juntos o separados

Los ciudadanos españoles tienen el derecho de presentar sus declaraciones de la Renta como particulares y por separado, respondiendo únicamente por las operaciones financieras que haya realizado cada uno. Pero también existe la posibilidad de algunos contribuyentes presenten sus cuentas a Hacienda de manera conjunta, ya se trate de una pareja o de integrantes de una unidad familiar.

Según lo previsto por el Ministerio de Hacienda, una unidad familiar puede ser un matrimonio con o sin hijos o, en caso de las parejas de hecho o unidades monoparentales, pueden ser el padre o la madre y la totalidad de los hijos. Las rentas obtenidas por todos los miembros se someterán a gravamen acumuladamente en la declaración conjunta y solo se les aplicará un mínimo personal. En el caso de los hijos, se les aplica únicamente mínimos por descendientes (y por discapacidad, si cabe).

Jubilados y receptores del IMV

Con la llegada de la pandemia en el año 2020, el Gobierno aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV) con el objetivo de paliar las consecuencias económicas de esta crisis sanitaria y para proteger a las familias más vulnerables. Según detalla el Ministerio de Hacienda, los beneficiarios de esta ayuda deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos.

Detallan que, aunque la mayoría de estas rentas están exentas de cobro y los beneficiarios no tendrán que incluirlas, sí deberán hacerlo los contribuyentes que reciban un importe que supere los 11.862,90 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM)

Por otro lado, en lo que respecta a los jubilados, la Agencia Tributaria advierte que, dado que esta pensión se considera un rendimiento del trabajo, los más mayores tienen la obligación de rendir cuentas a Hacienda. Sin embargo, no todos los pensionistas deberán pagar lo mismo por sus ingresos.

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