Ley rider

Por qué el CEO de Glovo tendrá que contratar a sus riders, aunque no quiera

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio. 

El consejero delegado y fundador de Glovo, Oscar Pierre
El consejero delegado y fundador de Glovo, Oscar Pierre
GLOVO - Archivo

Hace ya tiempo que muchas de las calles de España están 'inundadas' por ciclistas que llevan a cuestas una gran mochila amarilla cuadrada, con el estampado de 'Glovo'. El único pero, y no es pequeño, es que la gran mayoría de ellos son falsos autónomos. Condición que deberá cambiar por ley a partir de este martes: los repartidores deberán ser contratados. Y sí, a pesar de que Oscar Pierre no quiera. 

Hablamos del joven catalán que con solo 22 años fundó Glovo en 2014 (no llegaría a España hasta 2015). Entonces, la inversión inicial fueron unos 120.000 euros. Hoy, siete años después, las ya archiconocidas mochilas amarillas están presentes en 20 países y casi 80 ciudades. A sus espaldas tiene también varias rondas de financiación millonarias. 

La historia de Oscar Pierre bien podría ser catalogada como un caso de éxito... pero en los últimos años su figura ha generado casi más controversias que alabanzas. El motivo no es baladí: la gran mayoría de sus empleados no tienen un contrato fijo. Sus prácticas laborales han acabado en el Tribunal Supremo y este mismo martes el Consejo de Ministros aprobará la Ley Rider por la que todos los repartidores a domicilio de estas plataformas digitales (no solo Glovo, también Deliveroo o UberEats) deberán ser contratados en un plazo máximo de tres meses. 

Son varias las veces que la Justicia ha dictado sentencia a favor de los empleados de Glovo. En todas ellas se ha considerado que entre los riders y la compañía existe una relación laboral por cuenta ajena. 

Una "faena" para Oscar Pierre

Volviendo a Oscar Pierre, quizás todos los focos le empezaron a apuntar, y no precisamente en el buen sentido, cuando en 2018 dijo en una entrevista a eldiario.es que "sería una buena faena" si sus repartidores tuvieran que ser asalariados. Aunque señalaba que en cualquier caso se adaptarían. 

Algo similar dijo en una entrevista a El Periódico a finales del pasado año, cuando por cierto ya contaba con varios expedientes del Ministerio de Trabajo. "Con los riders contratados seríamos rentables, pero no cubriríamos toda la demanda", llegó a decir al medio catalán Oscar Pierre. 

El CEO de Glovo siempre ha defendido su modelo laboral -insistía, además que era el Gobierno quien tenía "que ponerse las pilas, tener una actitud más futurista y adaptarse a los nuevos tiempos" (lo dijo en una entrevista en El País en 2019)- en el que contaba con asesoría legal que definía perfectamente la relación de la empresa con sus trabajadores.

Para Oscar Pierre la lluvia de críticas que no ha cesado en los últimos años, y que se ha acrecentado cada vez que un Tribunal daba la razón a los riders, es algo natural, casi asociado a su éxito. 

Ley Rider

Sea como fuere, parece que ese momento de adaptarse que dijo en 2018 ha llegado. Y es que, como decimos, Oscar Pierre tiene ahora tres meses por delante para hacer asalariados a todos sus riders.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme alcanzaron un acuerdo el pasado mes de marzo para regular la situación laboral de los trabajadores que reparten o distribuyen cualquier producto a través de plataformas digitales.

En el texto acordado se reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

Además, el acuerdo, que se circunscribe al colectivo de repartidores, contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.

En concreto, el texto dice que se recogerá en el Estatuto de los Trabajadores que las empresas deberán informar de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.

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