Rosell, Zaplana, Granados… ¿Cuáles son los límites de la prisión provisional?

  • Expertos aclaran que la adopción de esta medida no depende del delito cometido y que estar imputado no quiere decir ser condenado.
Prisión de Villabona, Asturias
Prisión de Villabona, Asturias
EUROPA PRESS - Archivo

La presión mediática y social a tenor del estallido en los últimos años de macrocausas de corrupción ha provocado que, en muchas ocasiones, las medidas cautelares que los jueces toman durante las investigaciones no sean del todo comprendidas o compartidas entre la ciudadanía.

El hecho de que algunos procedimientos se eternicen en el tiempo como consecuencia de la falta de medios y la dificultad de las investigaciones hace que muchas decisiones que se toman con respecto a los principales implicados no cuenten con el respaldo de la sociedad, especialmente cuando se trata de decretar el ingreso en prisión provisional o la salida de los cabecillas de estas tramas, muchos de los cuáles son personalidades más que reconocidas del ámbito político y económico.

A excepción de los asuntos relacionados con delitos terroristas, en los que la entrada en prisión del acusado está casi garantizada, existen otros donde la adopción de esta medida es más cuestionada, como puede ser en los casos de corrupción. Por ello, conviene recordar que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), el juez la dicta en base a tres criterios, que son evitar el riesgo de fuga del acusado, que pueda destruir pruebas de relevancia para la investigación y que reincida en la comisión del delito que se le imputa.

El abogado José María de Pablo, experto en derecho penal, explica que son estos los supuestos que marcan la decisión de privar de libertad a un investigado y no la gravedad del delito que haya cometido. “A veces la ciudadanía se queja de que haya unas personas en libertad y a lo mejor el delito del que se les acusa puede estar clarísimo, pero si no hay condena firme prevalece la presunción de inocencia”, razona.

El jurista entiende que hay que hacer pedagogía en estos términos y recordar que estar imputado en un procedimiento penal no significa haber cometido un delito; esto es, que hasta que a una persona no le han condenado no se sabe si es culpable de los hechos que se le atribuyen, de ahí que sea importante no confundir las privaciones de libertad durante la investigación de una causa, con el cumplimiento de una pena.

Lo cierto es que, en los últimos años, las cárceles de todo el país –aunque especialmente las madrileñas Soto del Real o Estremera- han sido testigos del paso de muchas personalidades importantes del mundo de la política y la economía, como los expresidentes de la Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana, Ignacio González y Eduardo Zaplana, respectivamente, o los banqueros Mario Conde y el fallecido Miguel Blesa además del expresidente de la RFEF, Ángel María Villar, entre muchos otros.

Blesa, el primer banquero en ir a la cárcel

Miguel Blesa se convirtió en el primer presidente de una caja de ahorros que pisó la cárcel y lo hizo por orden del juez inhabilitado Elpidio Silva en el marco de la investigación por la compra del Ciy National Bank de Florida, que costó a la caja pública 1.134 millones. Hasta en dos ocasiones le mandó el instructor a la cárcel –la segunda sin fianza- aunque finalmente la causa quedó archivada.

Una de las prisiones provisionales más largas que se recuerdan en la Audiencia Nacional fue la decretada para el cabecilla de la Gürtel, el empresario Francisco Correa, que estuvo tres años y dos meses en esta situación o la del exsecretario general del PP madrileño, Francisco Granados, que cumplió este régimen dos años y medio hasta su puesta en libertad en junio de 2017. 

Los hay que han pisado los centros penitenciarios por partida doble en los últimos años, como es el caso del extesorero del PP Luis Bárcenas, que ingresó de manera provisional en 2013 por primera vez y, tras abandonarla dos años después, volvió a hacerlo el pasado mes de mayo, para cumplir condena en una de las piezas de la trama Gürtel.

Rosell irá a su juicio desde prisión

Todavía hay muchos rostros conocidos que siguen privados de libertad por su implicación en macrocausas de corrupción. Es el caso del expresidente del Barça Sandro Rosell, que lleva año y medio en prisión provisional por integrar una trama que presuntamente se lucró con comisiones ilícitas de la Selección de Fútbol de Brasil. Tanto él como su socio, Joan Besolí, han permanecido en la cárcel durante toda la instrucción de esta causa ante el elevado riesgo de fuga y todo apunta que en ella seguirán hasta que arranque la vista oral.

La misma magistrada que acordó su ingreso en prisión, Carmen Lamela, envió también a la cárcel a los líderes independentistas Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, quienes el próximo 16 de octubre cumplirán un año en esta situación por su implicación en el denominado 'procés' que se investiga en el Tribunal Supremo. No obstante, tanto ellos como otros siete líderes independentistas más fueron trasladados a comienzos de verano a cárceles catalanas al quedar demostrado el arraigo a su tierra.

Petición de excarcelación ante problemas de salud

Menos tiempo lleva José Manuel Villarejo, quien desde el estallido de la causa bautizada como ‘Tándem’ el pasado 5 de noviembre, permanece en el centro penitenciario de Estremera por los delitos de organización criminal, cohecho y blanqueo de capitales y todo pese a que en sus escritos el ahora comisario jubilado ha alegado problemas de salud para poder salir de prisión.

No es el único preso que recurre a la salud como argumento para que se le impongan medidas menos gravosas. El expresidente de la Comunidad Valenciana y exministro de Trabajo, Eduardo Zaplana, que permanece en la cárcel valenciana de Picassent, ha reiterado al juzgado que, dado la leucemia que padece, existe el riesgo de sufrir una infección grave con riesgo vital, si bien los informes médicos forenses practicados concluyen que de momento su salud no corre peligro.

Con todo, hay que recordar que la libertad que se decreta por el magistrado viene precedida por el pago de una fianza impuesta al reo y que tiene que ser lo suficientemente alta como para que no le compense fugarse, según explica el experto consultado. En cualquier caso, en la mayoría de situaciones de este calibre, la libertad suele ser provisional y va acompañada de otras medidas cautelares como retirada del pasaporte u obligación de comparecer en el juzgado con cierta periodicidad.

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