No pueden despedirte

Llegar tarde al trabajo por tráfico: recuperar horas, descontar salario...

Ir camino de la oficina y encontrarte una caravana de coches o que el transporte se haya interrumpido puede resultar un fastidio, pero ¿podría la empresa obligarme a suplir ese tiempo perdido?

Una mujer llegando tarde al trabajo por el tráfico.
Una mujer llegando tarde al trabajo por el tráfico.
©[SolisImages] a través de Canva.com

Llegar tarde al trabajo puede suponer un gran fastidio para los empleados. No es gusto de nadie quedarse atrapado en el tráfico durante horas o tener que cambiar su ruta por avería en el transporte público. Esas situaciones excepcionales, que impiden a los empleados cumplir con sus obligaciones y llegar a la oficina a la hora, no suelen ser predecibles. 

En muchos casos, estas circunstancias pueden estar justificadas y basta una llamada a tu jefe o superior para ponerle al tanto de la situación. De hecho, hay ciertos motivos por los que la empresa no puede sancionarte si te retrasas como una fuerte nevada, un incendio o incluso un terremoto. 

Sin embargo, hay que tener cuidado si estos retrasos son continuados y no puedes demostrar una causa válida por la que no te encuentras en tu puesto. Aunque la ley no especifica un mínimo de faltas de asistencia, cuando son reiteradas pueden considerarse como incumplimiento contractual y llegar a suponer un despido.

Sanciones o recuperar días

Esta situación no solo afecta al ir al trabajo, también puede darse cuando el trabajador vuelve a casa para comer porque tiene una jornada híbrida o partida. Pero en cualquier caso hay que tener en cuenta un aspecto esencial: "Esta conducta significa un incumplimiento de las obligaciones que se derivan del contrato de trabajo, pero habría, en primer lugar, que consultar el convenio colectivo que sea de aplicación porque sería normal que hubiera una regulación sobre estos casos y su trascendencia", explica Antonio Martínez del Hoyo Clemente, abogado Of Counsel de AGM Abogados.

Además de revisar ese convenio es interesante conocer los antecedentes de la empresa en estas situaciones. "Si se han venido consintiendo este tipo de conductas sin ningún tipo de reacción, no se podría aplicar ninguna otra consecuencia en este caso", explica el experto.

¿Y sería necesario recuperar las horas o suplirlas de algún modo? Lo cierto es que, según apunta el abogado, también puede aparecer en el convenio, pero si no aparece debe pactarse entre la empresa y el empleado. En cualquier caso, también cabría la posibilidad de restar la cantidad correspondiente dada la falta de trabajo efectivo. 

"El descuento, nunca una multa, sería del salario equivalente al tiempo dejado de trabajar, la parte proporcional del descanso seminal retribuido y de las pagas extraordinarias", comenta Martínez del Hoyo.

Despido improcedente

Esta situación excepcional nunca puede suponer un despido, "entendemos que sería calificado como improcedente por cuanto el Estatuto de los Trabajadores lo que contempla son faltas repetidas de puntualidad", detalla el experto. 

Tampoco sería posible por la falta de culpabilidad, es decir, no existe una voluntad propia por la que el empleado no se encuentra en su puesto, sino que es una circunstancia sobrevenida ajena e imprevisible, y no podrían echarnos del trabajo.

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