Sistema progresivo

Estos son los 13 nuevos tramos para los autónomos que propone el Gobierno

Podrán elegir provisionalmente su base de cotización en función de sus previsiones de rendimientos con la posibilidad de modificar su elección seis veces a lo largo del año.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

Además de la de las pensiones, otra de las reformas en las que trabaja el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, es la de los autónomos. Precisamente, durante el día de ayer el Gobierno mandó su última propuesta a los agentes sociales en la que la cuota de los trabajadores por cuenta propia oscilará entre un mínimo de 90 euros y un máximo de 1.220 euros al mes con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales. 

Por lo pronto, durante el primer año del periodo transitorio de aplicación de esta reforma (2023), se establecerá una cotización intermedia por tramos cuyo número se irá incrementando progresivamente para quienes más ganan.

Los tramos que llegan en 2023

Las nuevas cuotas que plantea el Gobierno y que llegarían en 2023, el primer año del nuevo sistema, son las siguientes:

  • Autónomos con rendimientos de 3.000 euros o menos: tendrán una cuota de 200 € al
  • Autónomos con rendimientos de 3.000 y 6.000 euros: cuota de 215 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 6.000 y 9.000 euros: cuota de 230 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 9.000 y 12.000 euros: cuota de 245 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 12.600 y 17.000 euros: cuota de 260 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 17.000 y 22 euros: cuota de 275 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 22.000 y 27.000 euros: cuota de 290 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 27.000 y 32.000 euros: cuota de 305 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 32.000 y 37.000 euros: cuota de 320 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 37.000 y 42.000 euros: cuota de 340 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 42.000 y 47.000 euros: cuota de 360 € al mes
  • Autónomos con rendimientos de entre 47.000 y 48.841 euros: cuota de 380 € al mes
  • Autónomos con rendimientos superiores a 48.841 euros: cuota de 400 € al mes. 

Los tramos que llegan a partir de 2031

Una vez que finalice el periodo de despliegue de la reforma de 9 años, a partir de 2031 las cuotas correspondientes a cada uno de los trece tramos (con ajustes vinculados a la inflación) serán las siguientes: 

  • Autónomos que ganen menos de 3.000 euros: 90 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 3.000 y 6.000 euros: 120 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 6.000 y 9.000 euros: 185 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 9.000 y 12.000 euros: 235 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 12.600 y 17.000 euros: 275 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 17.000 y 22.000 euros: 305 € al mes 
  • Autónomos que ganen entre 22.000 y 27.000 euros: 425 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 27.000 y 32.000 euros: 545 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 32.000 y 37.000 euros: 670 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 37.000 y 42.000 euros: 800 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 42.000 y 47.000 euros: 935 € al mes
  • Autónomos que ganen entre 47.000 y 48.841 euros: 1.075 € al mes
  • Autónomos que ganen más de 48.841 euros: 1.220 € al mes

Se podrá modificar hasta seis veces en un año

Los autónomos podrán elegir provisionalmente su base de cotización entre trece en función de sus previsiones de rendimientos con la posibilidad de modificar su elección seis veces a lo largo del año para ajustarla a sus rendimientos.

Si existen diferencias una vez hecha la regularización anual, el trabajador deberá proceder a su ingreso en caso de haber cotizado menos de lo que le correspondía y podrá solicitar la devolución si la cotización realizada fue superior.

Además, los autónomos que tengan rendimientos fiscales declarados inferiores a la base mínima de cotización vigente cotizarán por los mismos. "Sin perjuicio de ello, a efectos de la acción protectora se reconocerá la base mínima correspondiente durante un periodo máximo de dos años", señala.

También destaca que los autónomos cuyos rendimientos fiscales derivados de la actividad por cuenta propia estén por encima de la actual base mínima de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cotizarán por los mismos y que esta base mínima se equiparará progresivamente a la del Régimen General de la Seguridad Social.

Este sistema, que según anunció ayer el ministro, José Luis Escrivá, se recogerá en el primer paquete de reformas que el Ministerio prevé aprobar en breve, pero no se implantará hasta el 1 de enero de 2022 de forma gradual y no tendrá efectos económicos hasta 2023.

Escrivá remarcó ayer que el despliegue de esta medida será progresivo. De hecho, según el documento de la medida al que ha tenido acceso Europa Press, lo será hasta un máximo de nueve años, con revisiones periódicas cada tres años en las que el Gobierno, las organizaciones empresariales y sindicales, junto a las asociaciones de autónomos, podrán decidir si aceleran el calendario.

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