Gestionadas por la Seguridad Social

Prestaciones: ¿qué pensionistas no reciben la paga extra de Navidad?

De manera general, estas prestaciones se satisfacen en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se reparten a mediados y a final de año.

Pensiones paga etxra Navidad
 
 

Alrededor de 10 millones de pensionistas españoles reciben en los meses de junio y noviembre una prestación mayor de la habitual gracias a las pagas extraordinarias que recoge la Seguridad Social. Ahora toca la conocida como 'paga extra de Navidad'. En concreto, todas las pensiones que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades vencidas y se satisfacen de 14 cobros. 

En estos dos periodos, los pensionistas recibirán como importe extra, el mismo que corresponde para esa mensualidad. Es decir, durante este mes les corresponderá una cuantía igual al doble que un mes normal. En caso de que el pensionista haya adquirido esa condición a lo largo del año, no desde el mes de enero, también tiene derecho a la paga extraordinaria aunque el importe puede ser menor. En este caso que los períodos de percepción no son completos, se cobra una paga extraordinaria proporcional a razón de una sexta parte íntegra.

Entonces, ¿todos los pensionistas recibirán esta Navidad una paga extra? Lo cierto es que no. Hay excepciones. Las prestaciones que derivan de accidente de trabajo o enfermedad profesional se satisfacen en 12 pagas. Esto no significa que cobren menos, sino que el importe que recibirían en las pagas extraordinarias se encuentra prorrateadas en las mensualidades ordinarias.

Esto implica que la ‘paga de verano’, que el resto de pensionistas reciben completa en el mes de junio, estas pensiones la reparten de diciembre a mayo, ambos inclusive. La extra de Navidad que recibirán ahora, estos pensionistas la llevan recibiendo, proporcionalmente, mes a mes desde junio y hasta noviembre.

¿Cuándo se recibe la paga extra?

La Seguridad Social es la responsable del pago de estos importes y lo hará a la vez que realiza el pago de las pensiones ordinarias. La normativa establece que el importe se deberá abonar entre el primer día hábil del mes siguiente, en este caso 1 de diciembre, y el cuarto día natural de dicho mes.

No obstante, las entidades bancarias se adelantan en muchas ocasiones, ya que cuentan con los datos correspondientes, y los pensionistas pueden llegar a recibir su pensión a partir del día 25 del mismo mes. Esto implica que, pese a que la pensión y la paga extra de Navidad la Seguridad Social las ingresa en el banco a partir del día 1 de diciembre, algunos beneficiarios la reciben a finales del mes de noviembre.

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