Encuesta de Población Activa

Las empresas solo reconocen a 5.800 teletrabajadores, pero hay dos millones

El Ministerio de Trabajo apenas registra 5.825 acuerdos de trabajo a distancia, pese a que son obligatorios con la nueva ley. Según los datos del INE, en el primer trimestre 2.146.100 ocupados trabajaron desde casa.

Teletrabajo
Las empresas solo reconocen a 5.800 teletrabajadores, pero hay dos millones
Agencias

Las empresas se resisten a cumplir la ley del teletrabajo que puso en marcha el Gobierno, previo acuerdo con los agentes sociales, en plena pandemia. Desde que se aprobó, el Ministerio de Trabajo apenas ha registrado 5.825 acuerdos de trabajo a distancia, que son obligatorios con la nueva normativa, mientras los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) que acaba de publicar el Instituto Nacional de Estadística (INE) reflejan que más de dos millones de ocupados trabajaron desde su domicilio durante el primer trimestre del año. La proporción de teletrabajadores formalizados resulta, por tanto, ínfima, seis meses después de la entrada en vigor de la norma.

El INE viene ofreciendo estos datos sobre trabajo en el domicilio desde el segundo trimestre de 2020, ante las medidas que tuvieron que adoptar las empresas para amortiguar el impacto de la crisis del coronavirus en el mercado de trabajo. Entonces, más de 3 millones de ocupados llegaron a trabajar desde el domicilio más de la mitad de los días -es el baremo que utiliza Estadística para considerar a los teletrabajadores- lo que supuso el 16,2% del total de ocupados. Ese porcentaje se redujo en el cuarto trimestre de 2020 hasta el 9,9% y volvió a aumentar en el inicio de 2021 con la tercera ola de la pandemia, hasta el 11,2%, lo que representa 2.146.100 personas.

Pese a que la nueva ley del teletrabajo obliga a las empresas a firmar un acuerdo por escrito con los trabajadores, en el que se regulan las condiciones de la prestación de servicios a distancia y que debe registrarse ante la oficina de empleo, el Ministerio apenas acumula 5.825 de esos acuerdos. Esos son, al menos, los datos más recientes que figuran en una respuesta parlamentaria fechada a 29 de marzo de 2021. Hay que recordar que la norma, que entró en vigor en octubre de 2020, dio a las compañías un plazo de tres meses para formalizar los acuerdos. Esa vacatio legis, en cualquier caso, expiró el pasado mes de enero, y desde entonces quienes incumplan este apartado de la ley se enfrentan a multas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que pueden alcanzar los 6.250 euros

Más allá de incumplimientos deliberados o desconocimientos de la ley por parte de los empresarios, que se están dando en muchos casos, según denuncian los sindicatos, no hay que olvidar que la propia normativa recoge algunas excepciones que podrían estar detrás del escaso alcance que, por ahora, está teniendo esta regulación. Por ejemplo, no aplica a los trabajadores que están trabajando desde casa de manera excepcional por la pandemia y, en el caso de que ya lo hicieran antes y las condiciones del teletrabajo ya estuvieran reguladas en acuerdos previos o convenios, estas se mantienen hasta que pierdan su vigencia o, si no tienen fecha de fin, durante un año o un máximo de tres años si así lo acuerdan las partes.

En cualquier caso, las empresas parecen seguir optando de manera general por poner 'parches' a la situación y no apuestan decididamente por regular las condiciones de los empleados en régimen de teletrabajo, tal y como les obliga la ley. En este sentido, hay que recordar que la no aplicación de la norma a los trabajadores que están prestando servicios a distancia a causa de la Covid, les sigue aplicando la normativa laboral ordinaria (donde no existe obligación de formalización del acuerdo de teletrabajo), pero la ley sí impone la necesidad de dotar a los trabajadores de los "medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como el mantenimiento que resulte necesario", algo que, en muchos casos, tampoco se está cumpliendo, según denuncian los sindicatos.

Sin perjuicio de la regulación recogida al respecto en los convenios colectivos, el acuerdo de trabajo a distancia debe recoger, a grandes rasgos, el inventario de los medios, equipos y herramientas, incluidos los consumibles y los elementos muebles, y la enumeración de los gastos en los que pudiera incurrir el trabajador por el hecho de prestar servicios a distancia. También debe figurar la duración del acuerdo, el horario de trabajo, el porcentaje y distribución entre trabajo presencial y trabajo a distancia si lo hubiera, el lugar de teletrabajo elegido por el trabajador, los medios de control empresarial de la actividad y la duración de plazos de preaviso para el ejercicio de las situaciones de reversibilidad.

Las multas subirán un 20%

El Gobierno, por iniciativa de la ministra de Trabajo y vicepresidenta tercera Yolanda Díaz, reguló el teletrabajo de forma precipitada por la pandemia. Tras una de las negociaciones más complejas con la patronal y los sindicatos, el texto salió adelante y la propia Díaz lo presentó como una ley que situaría a España a la vanguardia de las legislaciones europeas. Sin embargo, medio año después de su puesta en marcha, la regulación parece haber tenido un escaso alcance. Y todo ello, pese a que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social persigue con especial intensidad los incumplimientos en esta materia, que se han disparado con la situación provocada por la emergencia sanitaria, y los empresarios se exponen a cuantiosas sanciones.

Es importante recordar además que las multas van a subir en los próximos meses. Y es que precisamente el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, las dos formaciones que componen el Gobierno de coalición, han presentado una enmienda conjunta al Proyecto de Ley de trabajo a distancia, que se encuentra en tramitación parlamentaria, para modificar la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y elevar un 20% la cuantía de las multas a las que se enfrentan las empresas y los trabajadores que cometan fraude. Trabajo quería aprobar esta medida por real decreto y que entrase en vigor el 1 de abril, pero tras percatarse de que, por jerarquía normativa, no pueden modificarse los importes de las sanciones por esa vía, decidió introducir esa enmienda a su propia ley, para acelerar su tramitación.

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