Varapalo de la Justicia europea

Contra la pared: las eléctricas pierden el recurso del "ganamos en los tribunales"

El Tribunal de Justicia de la UE ha tardado nueve años en despejar la incógnita sobre el impuesto de generación eléctrica que impuso el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012.

Galán
El presidente de Iberdrola, José Ignacio Sánchez Galán
EFE

Y al tercer día Luxemburgo se pronunció. En realidad, el Tribunal de Justicia de la UE ha tardado algo más, concretamente, nueve años en despejar la incógnita sobre el impuesto de generación eléctrica que impuso el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012. En grandes líneas, este impuesto conlleva gravar la generación de electricidad en España. Solo por el hecho de verter sobre el sistema la energía producida el contador fiscal comienza a dar vueltas, gravando con un 7% cada MW que corre por la red del país.

Como en todo impuesto, es imprescindible saber a quién afecta y quién lo paga, que son dos cosas diferentes en todo aquello que rodea al complicado mundo eléctrico. Lo pagan las productoras de electricidad, pero pueden llegar a afectarnos a todos ya que encarecen el recibo de la luz probablemente en la misma proporción. En este sentido, el Ministerio de Teresa Ribera ya decidió suspenderlo en 2018 para hacer frente a una escalada puntual en el precio de la electricidad, aunque lo retomó al año siguiente.

La importancia de la sentencia pronunciada pone fin a una duda que las empresas habían puesto sobre el tapete judicial, al considerar que la norma podría contravenir el derecho europeo por distorsionar el mercado interior y la libre competencia, al no discriminar entre tecnologías ni efectos contaminantes.

Lo cierto es que, gracias a esta sentencia, los 12.000 millones de euros que se han recaudado desde 2012 no tendrán que ser devueltos a las cuentas de resultados de las empresas afectadas.

"Lo ganaremos en los tribunales"

La relación entre empresas energéticas y el Estado es complicada. Desde el momento en que los resultados empresariales dependen de una coma o unos números puestos en un lugar u otro, las normas se convierten en el codiciado objeto de deseo de numerosos despachos de abogados, los auténticos especialistas en el derecho energético. Las compañías cuentan con la capacidad suficiente como para afrontar minutas multimillonarias y revalidan la estrategia del ‘recurso total’, una práctica que lleva a que cualquier legislación o decisión administrativa en materia energética, de manera especial la eléctrica, acabe en los tribunales.

En el juego entre unos y otros y frente al fuerte impulso hiperregulador del legislador, las esperanzas de las eléctricas siempre han estado puestas en los tribunales como elemento corrector del sistema. Así ocurrió cuando el Tribunal Supremo anuló en 2016 el bono social eléctrico al entender, precisamente, que la tarifa subvencionada iba en contra del mercado interior de la energía. El Alto Tribunal consideró que el coste que pagaban las eléctricas suponía un pago discriminatorio que lo sufragaban, por aquel entonces, las tres grandes compañías del sector: Iberdrola, Endesa y Naturgy.

El Estado tuvo que indemnizar, con sus respectivos intereses, este pago indebido y cargar al sistema, ese ente que todo lo aguanta, los más de 500 millones que causó una mala regulación.

El 'recurso total' ha sido exportado incluso fuera de nuestras fronteras. En 2018, Endesa impugnó la normativa portuguesa sobre la regulación de los precios del sector eléctrico que afectaba de forma retroactiva a más de 90 millones de euros, de los que 20 tendrían que ser pagados por la española. Iberdrola en México o Naturgy en Egipto son otros ejemplos claros de la judicialización de la vida energética española.

Cambio de tendencia

Sin embargo, cada vez son más las sentencias pronunciadas en contra de los intereses de las compañías. A la sentencia del tribunal de Luxemburgo, que conocíamos ayer, se le une el rejonazo que el Tribunal Constitucional propinó al Supremo, cuando en 2019 le enmendó la plana al recordarle que debía haber planteado una cuestión prejudicial ante el TJUE para resolver la devolución del bono social. Dicho y hecho. El tribunal preguntó a Luxemburgo si la tarifa eléctrica subvencionada es o no incompatible con la normativa europea. Esta respuesta, aun en fase de tramitación, podría suponer un nuevo revés a la estrategia jurídica de las grandes empresas del sector, que ven como Luxemburgo les quita reiteradamente lo que el Palacio de las Salesas Reales les da.

La vuelta a la tortilla también se está dando en las cortes de arbitraje internacionales. Aquellas en las que España se sitúa a la cabeza de los recursos de las compañías extranjeras y nacionales que apostaron por las energías renovables con base en el Real Decreto 661/2007 y, sobre todo, en la reforma eléctrica gestada en 2013 y 2015. Tanto el CIADI como la Cámara de Comercio de Estocolmo han sido testigos de los litigios que van cayendo año tras año y que, hasta el momento, se saldan con una ajustada victoria de las compañías eléctricas por 4 a 2.

En 2013 y 2016, el Reino de España se impuso a Isolux y otras sociedades vinculadas a ellas en la reclamación por la rebaja de primas ocasionadas por las decisiones de los gobiernos socialistas y 'populares' con respecto a las renovables. Sin duda, fue un punto de inflexión en la complicada relación entre energéticas y Gobierno con los magistrados europeos de por medio.

Los juzgados españoles acumulan cientos, quizá miles de recursos a cualquier tipo de legislación energética, ya sea nacional, autonómica o incluso local en un juego que, hasta ahora, se venía decantando del lado empresarial. La sentencia del TJUE puede poner fin a las aspiraciones y las estrategias eléctricas de ganar en los juzgados aquello que no son capaces de ganar en el BOE.

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