Presenta sus conclusiones

El fiscal rebaja a sedición la actuación de Trapero y propone condena sin cárcel

El fiscal prescinde de la rebelión que le imputó inicialmente tras la sentencia del Supremo por el procés y ofrece, alternativo a sedición, delito por desobediencia.

Fotografía de Trapero para portada
El Ministerio Público insiste en que los Mossos actuaron con pasividad el 1-O
EFE

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha dado marcha atrás en su acusación contra Josep Lluis Trapero y ha retirado el delito de rebelión que le atribuyó inicialmente por la actuación de los Mossos d'Esquadra en la jornada del reférendum ilegal del 1 de octubre de 2017. En su defecto, el Ministerio Público propone delito de sedición y, alternativamente, desobediencia, tipo penal este último que no lleva aparejadas penas de cárcel. Con todo, y de acuerdo con su escrito de conclusiones definitivas, sigue manteniendo que la policía autonómica actuó con "deliberada pasividad" durante esa jornada.

En esta nueva sesión de juicio, dedicada exclusivamente a las conclusiones y que apenas ha durado unos minutos, el fiscal teniente de la Audiencia Nacional Miguel Ángel Carballo, ha anunciado esta modificación de imputación por sedición, delito que también atribuye a los mandos políticos de los Mossos, César Puig y Pere Soler. Pese a cambiar la calificación mantiene prácticamente la petición de cárcel ya que la rebaja de 11 a 10 años para todos ellos mientras que para la intendente Teresa Laplan pide 4 años por sedición pero no como autoridad. De optar el tribunal por la petición alternativa, la condena quedaría reducida a un delito de desobediencia por el 1-O con una multa total de 60.000 euros e inhabilitación para cargos públicos de un año y ocho meses en el caso de Trapero, Puig y Soler. La multa a Laplana sería de la mitad de dicho importe con inhabilitación de un año. Las defensas, por su parte, han pedido la absolución. 

Se trata de la primera sesión que retoma la Audiencia Nacional tras el parón forzado que acordó el pasado mes de marzo por la crisis del coronavirus. El juicio, que los acusados han seguido a través de videoconferencia, encara de esta forma su recta final y se reanudará el próximo 15, 16 y 17 de este mes con los informes finales y el turno de última palabra que brindará el tribunal presidido por la magistrada Concepción Espejel. Frente a la tesis de los acusados, que mantiene que cumplieron las órdenes de los tribunales para la jornada del reférendum ilegal, el Ministerio Público insiste en que no atendieron las indicaciones del dispositivo policial conjunto con Policía Nacional y les implica en el plan secesionista del Gobierno catalán presidido entonces por Carles Puigdemont. 

La sentencia del procés

El fiscal se apoya en la resolución del alto tribunal de octubre y apunta al respecto que el fallo del que fue ponente el magistrado Manuel Marchena realiza una "mención especial" a los cambios en el departamento de Interior en aquella época. Según precisa, a mediados de junio de 2017 y para que "no se frustrase" la celebración del 1-O, se sustituyó a Jordi Jané por Joaquim Forn en esta cartera y, unos días después dimitió también el entonces director general de la Policía en Cataluña, Albert Batlle. No obstante, la Fiscalía sostiene que "el elemento esencial" de la actuación entre esos meses de septiembre y octubre fue "la utilización de las masas". 

Según explica en su escrito de conclusiones definitivas, se controló a la población no solo el día de la jornada de referéndum sino también durante el asedio a la Consejería de Economía los días 20 y 21 de septiembre para "impedir la ejecución de las resoluciones judiciales". "Posibilitaron la votación del referéndum ilegal, ocupando colegios cuyo cierre había sido ordenado por la autoridad judicial, protegiendo las mesas electorales, urnas y papeletas de la acción de la Policía y de la Guardia Civil que actuaban por orden de la autoridad legítima", alega el fiscal teniente Carballo. 

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