Diferencias por tipo de fallecimiento

Cómo se calcula la pensión de viudedad: requisitos, dinero y complementos

Más de dos millones de personas cobran la pensión de viudedad en España, una prestación destinada a proteger la unidad familiar si fallece el miembro que genera los ingresos familiares. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
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La pensión de viudedad es una prestación clave para salvaguardar la situación financiera de la unidad familiar en caso de fallecimiento del principal o del único miembro generador de rentas. En la actualidad, 2.350.000 de personas cobran la pensión de viudedad en España, al cumplir los requisitos estipulados por la Seguridad Social.

La peculiaridad de estos condicionantes es que tanto el fallecido como el beneficiario tienen que cumplir ciertas disposiciones. Por un lado, el fallecido, también conocido como causante, tiene que estar integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, ser afiliado y estar en alta o en situación asimilada al alta. Asimismo, deberá tener un periodo mínimo de cotización en función de la causa del fallecimiento:

-Enfermedad común: deberá haber cotizado 500 días en un periodo ininterrumpido dentro de los cinco años anteriores a la muerte o la fecha en que cesó la obligación de cotizar.

-Accidente, sea o no de trabajo, o enfermedad profesional: no se exige periodo previo de cotización.

-Auxilio por defunción: no se exige periodo previo de cotización.

Además, las personas que en el momento de fallecer no se encontrasen en alta o en situación asimilada al alta, darán derecho a una pensión de viudedad a su cónyuge si cotizaron un mínimo de 15 años. También generan derecho a pensión de viudedad los pensionistas de jubilación contributiva y los pensionistas de incapacidad permanente.

Por otro lado, los beneficiarios deben acreditar los siguientes requisitos para cobrar la pensión:

-Cónyuge superviviente: deberá acreditar que existen hijos comunes y que el matrimonio se celebró al menos con un año de antelación al deceso.

-Separados judicialmente o divorciados: accederán a la pensión siempre que cobrasen una pensión compensatoria del fallecido y no hayan contraído matrimonio de nuevo o constituido una pareja de hecho.

¿Cuánto se cobra de pensión de viudedad en 2021?

Las cuantías mínimas estipuladas para 2021 oscilan entre los 522,50 y los 797,90 euros al mes. Estas varían en función de la edad y las cargas familiares:

-Beneficiario con una edad inferior a los 60 años: 522,50 euros al mes.

-Beneficiario con una .edad comprendida entre los 60 y 64 años: 645,30 euros al mes.

-Beneficiario con una edad de al menos 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 689,70 euros al mes.

-Beneficiario con cargas familiares: 797,90 euros al mes.

Cómo se calcula la pensión de viudedad

El cálculo de la pensión de viudedad depende de la base reguladora del trabajador o pensionista fallecido. El porcentaje aplicado a la base reguladora oscila entre el 52% y el 70%, y depende de los requisitos ya mencionados, así como del tipo de fallecimiento.

Si la muerte es por enfermedad común, según explica 'Jubilación de Futuro', la base se calcula mediante la división entre 28 de la suma de las bases de cotización de contingencias comunes del interesado teniendo en cuenta un periodo ininterrumpido de 24 meses. El beneficiario tiene la opción de elegir las bases en un periodo comprendido entre los 15 años anteriores a la muerte.

Por otro lado, si la muerte es producto de un accidente laboral o enfermedad profesional, la base se determina en función de los sueldos reales percibidos en cómputo anual. Se incluyen en el cálculo las horas extras. La cuantía total se divide entre 12 para saber cuánto se cobrará de pensión de viudedad mensualmente.

Complemento por maternidad

Una vez calculada la cuantía de la pensión, a esta hay que sumarle el complemento por maternidad. Tienen derecho a él las mujeres que hayan tenido uno o más hijos y tengan acceso a la pensión de viudedad.

El padre también lo puede pedir por los hijos en común siempre y cuando alguno de ellos tenga derecho a cobrar una pensión de orfandad. Asimismo, puede solicitarlo si percibe una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente o su carrera profesional se ha visto interrumpida por nacimiento o adopción. Se pueden leer los requisitos concretos de este último supuesto en este enlace.

La cuantía del complemento por maternidad es de 378 euros por año y por hijo hasta un máximo de cuatro hijos. El dinero se abona en la cuenta del beneficiario en 14 pagas.

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