El abogado de las hipotecas advierte: el Estado debe pagar por daños y perjuicios

  • Defiende que la anulación del reglamento por la polémica sentencia abre la puerta a que los ciudadanos reclamen cantidades millonarias.
Ramón Casero
Ramón Casero
UPC

"Se ha intentado reparar, pero el daño ya está hecho". Ramón Casero, el abogado que ha revolucionado el panorama fiscal doméstico tras 'forzar' con su argumentación jurídica en representación de la Empresa Municipal de Vivienda de Rivas Vaciamadrid el cambio de criterio del Tribunal Supremo respecto a quién debe pagar el AJD: la banca en lugar del comprador de vivienda, cree que el Real Decreto 'exprés' aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez para llevar a la ley el criterio de que sea la banca la que pague no va a librar al Estado de asumir indemnizaciones millonarias para compensar a los ciudadanos por los 23 años durante los que tuvieron que pagar este impuesto por el registro público de los préstamos hipotecarios.

Casero entiende que la controvertida sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo que anuló el artículo del reglamento de desarrollo de la ley de AJD que especificaba que era el beneficiario del préstamo el que debía pagar ese impuesto desactiva de pleno derecho esa disposición y abre la puerta a que los ciudadanos que han tenido que asumir el pago de ese impuesto reclamen una indemnización por daños y perjuicios.

La indemnización debería ser asumida por el Estado, en concepto de responsabilidad patrimonial por la mala regulación, y en ningún caso alcanzaría a la banca.

En el momento en que el reglamento ha sido expulsado del ordenamiento jurídico esa declaración de nulidad puede dar lugar a la reclamación de indemnizaciones por daños y perjuicios de los afectados", ha explicado Ramón Casero, que ha asegurado que la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid - promotor de la causa- ya está en ese proceso de revisión.

Lo que parece claro es que el Real Decreto aprobado de forma urgente por el Gobierno no va a poner fin al boquete de inseguridad jurídica abierto por la indefinición del Tribunal Supremo, que en primer lugar ratificó el cuestionable criterio fiscal de que sean los receptores del préstamos los que asumieron el pago del AJD - según lo manifestado en los últimos días por numerosos expertos en Hacienda y por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) -, después lo modificó en la sentencia que ha desencadenado todo el ruido posterior y, finalmente, reinstauró el criterio de que pague el solicitante del préstamo tras un rocambolesco pleno celebrado bajo la sombra de la influencia de la banca sobre su fallo.

El responsable del área regional de Madrid de AEDAF, Ignacio Arráez, admitió este lunes que todo el proceso ha abierto dos frentes judiciales que generarán incertidumbre en el mercado hipotecario: el eventual derecho a reparación de los agentes que durante años pagaron el impuesto a partir de una disposición reglamentaria que ha sido anulada por los tribunales y la no menor inseguridad generada por un real decreto redactado de urgencia de espaldas a las disposiciones autonómicas, a determinadas excepciones legales como las existentes sobre las cajas rurales y las cooperativas de crédito - que favorecen a estas respecto a los bancos - y que establece cuestiones controvertidas desde el punto de vista jurídico como la no deducibilidad del AJD en el Impuesto de Sociedades.

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