Campaña 2020

Así afecta a la Renta haber estado en ERTE con reducción de jornada en 2020

Aquellos trabajadores que fuesen afectados por una suspensión temporal en 2020 podrían tener un resultado negativo en el IRPF al superar los 14.000 euros anuales estipulados.

Declaración de la Renta, IRPF, borrador
Declaración de la Renta, IRPF, borrador
©[Oleg Magni] a través de Canva.com

El 7 de abril arranca la campaña de la Renta 2020 y con ello la obligación de los contribuyentes de presentar el borrador. El plazo máximo para entregarlo será el 30 de junio.

Este año hay una situación excepcional debido a que más de cuatro millones de personas estuvieron en situación de ERTE con motivo de la pandemia, según el SEPE. Por este motivo, en la declaración habrá más casos en los que salga a pagar.

De hecho, los expertos aseguran que habrá más sustos entre los ciudadanos porque quienes haya cobrado por parte de la empresa y el paro en el ejercicio anterior serán contabilizados como dos pagadores, apuntaban en Heraldo.

Los más afectados

La previsión es que quienes se encuentren ante esta situación sean los trabajadores con los salarios más bajos, entre 14.000 y 21.000 euros brutos anuales.

"El SEPE no retiene prácticamente nunca porque la obligación de retener empieza en 14.000 euros al año", explicaba el asesor fiscal Adolfo Aquilué en Heraldo.

Para evitar sorpresas la Agencia Tributaría enviará cartas informativas a quienes hubiesen cobrado ERTE en 2020 y no hubieran tenido que presentar el IRPF en 2019.

Reducción de jornada

Aquellas empresas que no podían permitirse cerrar por completo han optado por realizar un ERTE con reducción de jornada, ahorrándose una parte del salario de los afectados.

La repercusión de esto en el IRPF depende de diferentes situaciones. Lo principal es que en estos casos una parte del salario lo paga la empresa y otra el SEPE, por lo que la cantidad total tributa como renta de trabajo. 

Por ello, el usuario contará con dos pagadores, de modo que si supera el límite de 14.000 euros anuales o una ayuda de la Seguridad Social superior a 1.500 euros tendrá que realizar la declaración.

El resultado podrá salir a devolver o pagar dependiendo de la retención aplicada, como hemos comentado por parte del SEPE aplican una mínima y con ello que tendremos que devolver la cantidad correspondiente. Aunque todo varía en función del trabajador, para algunos podrían llegar a ser hasta 1.000 euros.

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