Nuevos derechos laborales

El nuevo despido de las empleadas del hogar: justificado y con indemnización

El empleador debe justificar las causas de la rescisión contractual, lo que supone el fin al despido arbitrario. Además, las trabajadoras domésticas tendrán derecho a cobrar una indemnización por fin de contrato.

El nuevo despido de las empleadas del hogar: justificado y con indemnización
El nuevo despido de las empleadas del hogar: justificado y con indemnización
©[Alterfines de pixabay] vía Canva.com.

Fin a los despidos arbitrarios e intempestivos sin justificación objetiva alguna, lo que supone nuevos derechos laborales para las empleadas del hogar, como lo es, en este caso, el despido. El Gobierno de España aprobó el derecho a cobrar el paro de las trabajadoras domésticas, mediante el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, que mejora las condiciones de trabajo para este colectivo de especial vulnerabilidad tras la ratificación del Convenio 198 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). A partir de ahora, los empleadores que tengan contratada a una empleada del hogar y decidan poner fin a la relación laboral, deberán justificar las causas de la rescisión contractual

Fin al contrato sin justificar

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, capitaneado por Yolanda Díaz, pone fin a la figura de extinción de la relación laboral por desistimiento y que permitía prescindir de la persona contratada sin justificar causa alguna. Por lo tanto, se deberán acreditar los motivos para la finalización del contrato, lo que implica derecho a la indemnización que pudiera corresponder. En cualquier caso, el finiquito será de 12 días por cada año trabajado con un máximo de seis meses, esto es, un día por cada mes trabajado. 

Causas del despido

La norma decretada por el Ejecutivo especifica cuáles son algunas de las causas que pueden justificar la extinción: 

  • La disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de su gasto por circunstancia sobrevenida, como lo es, por ejemplo, la pérdida de trabajo o la declaración de incapacidad para el trabajo de la persona empleadora. 
  • La modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar, como podrían ser, entre otras, la asunción de las citadas tareas por entidad pública o el cambio en las necesidades de cuidado de algún miembro de la unidad familiar.
  • El comportamiento de la persona trabajadora que fundamenta de manera razonable y proporcionada la pérdida de confianza de la persona empleadora.

Cotizar a partir de octubre

Las 373.121 trabajadoras del hogar deberán cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) a partir del 1 de octubre. Justo en este sentido, hay que subrayar que 175.000 -casi el 31% del total- no tendrán paro, ya que cobran en 'B'.

 Estas cotizaciones estarán bonificadas en un 80% para los empleadores, por lo que "no va a implicar un mayor coste para la mayoría de las familias", por el hecho de que son las de "clase media las que acuden a estos servicios para atender a sus hijos o mayores, debido a sus compromisos familiares", señaló la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez. 

Cuánto cobra una empleada del hogar en 2022

Para una jornada de 40 horas a la semana, trabajadoras domésticas tienen que cobrar, como mínimo, el SMI, que en la actualidad alcanza los 1.000 euros brutos al mes repartido en 14 pagas. Si se divide esta cantidad en 12 pagas, da como resultado un total de 1.166,67 euros brutos mensuales. En el caso de que se trabajen menos de 40 horas, se cobrará de forma proporcional en función de las horas de trabajo. 

  • 40 horas semanales: 1.166,67 euros.
  • 39 horas semanales: 1.137,50 euros.
  • 38 horas semanales: 1.108,33 euros.
  • 37 horas semanales: 1.079,16 euros.
  • 36 horas semanales:1.050 euros.
  • 35 horas semanales: 1.020,83 euros.
  • 34 horas semanales: 991,66 euros.
  • 33 horas semanales: 962,50 euros.
  • 32 horas semanales: 933,33 euros.
  • 31 horas semanales: 904,16 euros.
  • 30 horas semanales: 875 euros.
  • 29 horas semanales: 845,83 euros.
  • 28 horas semanales: 816,66 euros.
  • 27 horas semanales: 787,50 euros.
  • 26 horas semanales: 758,33 euros.
  • 25 horas semanales: 729,16 euros.
  • 24 horas semanales: 700 euros.
  • 23 horas semanales: 670,83 euros.
  • 22 horas semanales: 641,66 euros.
  • 21 horas semanales: 612,50 euros.
  • 20 horas semanales: 583,33 euros.
  • 19 horas semanales: 554,16 euros.
  • 18 horas semanales: 525 euros.
  • 17 horas semanales: 495,83 euros.
  • 16 horas semanales: 466,66 euros.
  • 15 horas semanales: 437,50 euros.
  • 14 horas semanales: 408,33 euros.
  • 13 horas semanales: 379,16 euros.
  • 12 horas semanales: 350 euros.
  • 11 horas semanales: 320 euros.
  • 10 horas semanales: 291,66 euros.
  • 9 horas semanales: 262,50 euros.
  • 8 horas semanales: 233,33 euros.
  • 7 horas semanales: 204,16 euros.
  • 6 horas semanales: 175 euros.
  • 5 horas semanales: 145,83 euros.
  • 4 horas semanales: 116,66 euros.
  • 3 horas semanales: 87,50 euros.
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