Ayudas para parados

Requisitos para acceder al subsidio asistencial cuando se ha agotado el paro

Esta subvención económica de la Seguridad Social está limitada a situaciones concretas y exige que el beneficiario cumpla con ciertos requisitos como la carencia de rentas o agotar la prestación contributiva.

Varias personas con cita previa esperan para entrar en una oficina del SEPE (antiguo INEM), en Valencia, Comunidad Valenciana (España), a 12 de febrero de 2021. El número de parados registrados en las oficinas de empleo en la Comunitat Valenciana subió en 10.094 personas en enero, lo que supone un 2,3% más que en diciembre de 2020, más que el repunte medio del 1,9%. Además, hubo 81.233 parados menos en la Comunitat, un 22,16% más en relación con enero de 2020.
12 FEBRERO 2021;CITA PREVIA;VALENCIA;PARO;EMPLEO;DESEMPLEO;INEM
Rober Solsona / Europa Press
  (Foto de ARCHIVO)
12/2/2021
Quién tiene derecho a acceder al subsidio asistencial por desempleo.
Europa Press

A pesar de que los datos del paro descendieron el mes pasado, aún son 3.949.640 personas las que continúan dependiendo de las ayudas del SEPE. El efecto de la crisis provocada por la Covid sigue presente, y según los datos la administración dos de cada cinco desempleados se quedan sin blindaje social.

Además de estos datos, muchos trabajadores continúan en situación de ERTEy  el Gobierno ya ha adelantado que tendrá que hacer uso de los préstamos de Bruselas para financiar el nuevo sistema de estos expedientes.

Para aquellos que se encuentren en las peores situaciones existen otros beneficios sociales como el subsidio asistencial por desempleo, al que es posible acceder cuando han agotado la prestación contributiva o no reciben de ninguna renta.

Requisitos básicos

Este subsidio asistencial por desempleo consta de una prestación económica y el abono a la Seguridad Social de la cotización que corresponde a las prestaciones de asistencia sanitaria, protección a la familia y, en caso necesario, a la jubilación.

Está destinado a los parados que acrediten distintas situaciones y las condiciones generales que garantizan la recepción de esta cuantía se basan en varios factores clave: 

  • Figurar como demandante de empleo durante un mes en el SEPE.
  • No haber rechazado ninguna oferta de empleo adecuada al perfil de demandante, ni tampoco haberse negado a participar (salvo causas justificadas) en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
  • Carecer de cualquier renta mensual superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que actualmente se sitúa en 950 euros. De ello se excluirán las partes proporcionales a las pagas extraordinarias.

Otras condiciones

Además de estos requisitos será necesario cumplir con otros requisitos que verifiquen que la persona se encuentra en una situación de dificultad y necesita ser beneficiario de la prestación:

  • Trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares a cargo.
  • Trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado la prestación por desempleo y no tengan responsabilidades familiares.
  • Trabajadores mayores de 55 años.
  • Trabajadores emigrantes retornados, siempre que el país no pertenezca al Espacio Económica Europeo o no conste un convenio bilateral de protección por desempleo.
  • Trabajadores que no han cubierto el período mínimo de cotización (360 días) para acceder a una prestación contributiva.
  • Trabajadores que hayan recibido una pensión de incapacidad permanente revisada y sean declarados plenamente capaces o inválidos parciales para ejercer su profesión habitual.
  • Ciudadanos liberados de prisión y en remisión de condena por desintoxicación, pero que no tengan derecho a una prestación contributiva. En este caso la pena debe haber sido de más de seis meses y puede extenderse a menores de 18 años y mayores de 16 que hayan sido liberados de centros de internamiento.

Cuantía correspondiente y plazos

La cantidad recibida en esta ayuda se corresponde al 80% del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples (IPREM) vigente al año correspondiente. Actualmente se sitúa en 564,90 euros mensuales, por lo que al cálculo la cuantía real sería de 451.92 euros.

Cuando el desempleo sea motivo de un trabajo parcial, el subsidio será proporcional a las horas trabajadas cuando se encuentren en situación de agotar la prestación contributiva.

En este caso los plazos para solicitar la ayuda son desde el día siguiente a la terminación del mes de espera, en un periodo de 15 días desde la finalización. En caso de subsidios especiales para parados de larga duración será al día siguiente de haber agotado la anterior prestación.

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