Retención en el IRPF

Así influyen las propinas en la nómina: declarar en la Renta, repartir el dinero…

En bares, restaurantes, hoteles o incluso en visitas guiadas los extras de los clientes son muy habituales. Algunos establecimientos optan por 'repartir el bote' pero existen ciertas normas legales que cumplir.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

A diferencia de otros países, en España las propinas no son obligatorias. Lo más habitual es que los consumidores dejen unos céntimos o euros de las vueltas en la cuenta. Sin embargo, en otros lugares como Estados Unidos o Canadá es casi forzoso, la mayoría de restaurantes sugieren en el ticket la cantidad propicia que debe dejar el cliente, que suele ser de entre un 15 a un 20% del recibo.

Esta costumbre ha llegado incluso a la era digital, y recientemente Twitter incorporaba la opción de 'Tip Jar' para recompensar a los creadores de contenido, expertos y organizaciones sin ánimo de lucro por su trabajo en la red social. Este botón está disponible de momento para un grupo de expertos pero puede que se convierta en una nueva forma de ganar dinero online.

Las propinas, ya sean más o menos cuantiosas, son muy comunes en la hostelería o el turismo. Y aunque "la práctica más habitual es que los establecimientos repartan el bote, pero a efectos legales lo más correcto es incluirlos en la nómina", explica Rubén Mateu Cerezuela, Graduado Social del área Laboral de AGM Abogados.

Efectos en el sueldo

Cabe destacar que la naturaleza salarial de las propinas puede darse o no en función de cómo se perciban. No será lo mismo dividirlo de manera justa entre los trabajadores que cada uno de los empleados se quede con la parte correspondiente. "Tanto si se reparte de forma equitativa como si está marcado en el convenio colectivo, podrían no ser considerados salarios a interpretación del Tribunal Supremo", destaca el experto. En cambio, las diferentes resoluciones judiciales entienden que cuando el reparto es a criterio de un superior, sí que podrían tener naturaleza salarial y por tanto tendrían que cotizar por ellas.

Si el convenio colectivo correspondiente no regula este aspecto de algún modo, lo más correcto es aplicar el artículo 637 del Código Civil. En la normativa se indica que: "cuando la donación hubiere sido hecha a varias personas conjuntamente (como es el caso de las propinas), se entenderá por partes iguales y no se dará entre ellas el derecho de acrecer, si el donante no hubiese dispuesto otra cosa". 

En la declaración de la Renta

"No obstante, las propinas son percepciones sujetas a retención, motivo por el cual e independientemente de que tengan naturaleza salarial o no, deben incluirse en las nóminas", señala Cerezuela. De lo contrario, se estaría cometiendo un delito, por lo que es importante que se incluya dentro de la base de cotización y se declara como renta a efectos del IRPF.

Tal y como apunta la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V3095-17, de 29 de noviembre de 2017 y de acuerdo con el artículo 17.1 de la Ley 35/2006 del IRPF, las cantidades que recibe el trabajador en concepto de propina son consideradas rendimientos del trabajo a efectos fiscales, por tanto, la empresa está obligada a retener e ingresar parte de dichas propinas, de acuerdo con el reglamento del IRPF.

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