Ayudas de 250 euros

Cómo solicitar el bono de alquiler para jóvenes de Cataluña: plazos y requisitos

Estas demandas se tramitarán y se resolverán por orden de presentación en el registro, siempre y cuando todos los datos estén correctos.

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Cómo solicitar el bono de alquiler para jóvenes de Cataluña: plazos y requisitos
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El pasado mes de enero, el Gobierno aprobó el bono de alquiler para jóvenes. Una ayuda de hasta 250 euros con el objetivo de asistirlos a hacer frente al gasto derivado del pago de la vivienda, que en los últimos años no ha dejado de crecer, especialmente en ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia. El presidente Pedro Sánchez defendía que esta medida ayudaría a "reducir la emancipación tan insoportablemente alta en nuestro país".

Desde entonces y hasta el momento, solo dos comunidades autónomas han dado a conocer las bases y han presentado la convocatoria para que los ciudadanos de estas regiones puedan preparar toda la documentación necesaria para la tramitación de esta ayuda económica. A pesar de que se hayan publicado con casi seis meses de retraso, la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez Jiménez, ha señalado que el pago de este bono tendrá un efecto retroactivo desde el 1 de enero, por lo que los demandantes recibirán el dinero de estos meses pasados.

Requisitos en Cataluña

El Govern de la Generalitat de Cataluña ha fijado el plazo disponible para solicitar esta ayuda entre el día 8 de junio a las 9 horas hasta el 17 de junio a las 17 horas. Estas demandas se tramitarán y se resolverán por orden de presentación en el registro, siempre y cuando todos los datos estén correctos. En el caso de que se termine el dinero dedicado para financiar este proyecto, la fecha se cerrará en ese momento. El Gobierno ha dotado a esta comunidad autónoma con 29 millones de euros.

Para poder solicitar el bono de alquiler joven en esta región, el Govern ha publicado una serie de requisitos que son de obligado cumplimiento por todos aquellos que estén interesados en este proyecto. Estos son:

  • Tener la residencia legal en Cataluña y que la vivienda sea el lugar de residencia habitual. 
  • Disponer de una fuente de ingresos regular, igual o inferior a 3,05 veces el IRSC (24.301,57 euros). 
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento o estar en condiciones de serlo. Estar empadronado en el piso o habitación arrendada. 
  • Acreditar que el inquilino está pagando el alquiler al propietario. 
  • No pagar un precio superior a los límites marcados. 
  • Tener hasta 35 años en el momento de presentar la solicitud.

La Generalitat ha ampliado el precio máximo del alquiler o cesión de uso para las zonas tensionadas. De esta forma, en el área Metropolitano de Barcelona (que incluye Baix Llobregat, Barcelonès, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Oriental), esta cifra será de 900 euros. En el resto de la demarcación de esta ciudad y en Girona será de 650 euros. Respecto al tope para las habitaciones, en la zona detallada de la ciudad condal será de 450 euros. Como en el caso anterior, en el resto áreas de la ciudad y en Girona la ayuda será de 350 euros.

Su presentación

La Conselleria de Vivienda detalla que la presentación de solicitudes se debe hacer, de forma prioritaria, vía telemática a través del portal gencat.cat/tràmits. Será necesario que los ciudadanos aporten la siguiente documentación para la correcta tramitación de la ayuda:

  • Un documento de identidad. 
  • Un justificante de los ingresos de la persona solicitante y de cada uno de los miembros que integran la unidad de convivencia en edad laboral. 
  • El informe de vida laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social. 
  • El certificado o volante de convivencia que acredite el domicilio de la persona solicitante. 
  • El contrato de alquiler o el contrato de cesión de uso de la vivienda o habitación.

Para conocer más detalles sobre la documentación necesaria y los requisitos para acceder a esta ayudas. Puedes consultar la página web de la Generalitat dedicada a esta materia en el siguiente enlace

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