Primer gran acuerdo

Cuándo se aprueba la reforma de las pensiones: estos son ahora los plazos

Se negociará el nuevo factor de sostenibilidad hasta noviembre y la edad efectiva de jubilación aumentará en dos años hasta 2050.

Dos jubilados.
Dos jubilados.
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Después de más de medio año de negociaciones, vaivenes y hasta cambios de casi última hora, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, logró alcanzar un acuerdo con los agentes sociales para la reforma del sistema de pensiones. Se trata de un "principio de acuerdo" sobre el primer bloque de medidas que incluye la revalorización de las prestaciones con el IPC, así como adecuar la edad real de jubilación a la edad legal. El pacto llega tras haber aparcado algunos de los aspectos más polémicos sobre los que seguirán negociando en los primeros meses. 

Con el 'sí' de los sindicatos, falta que la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ratifique la reforma, algo que ocurrirá durante la tarde de este mismo martes. Posteriormente, está prevista la firma del pacto en los próximos días y la comparecencia a lo largo de la semana próxima del ministro en el Pacto de Toledo para dar cuenta del acuerdo. Por tanto, el principio de acuerdo para reformar las pensiones se aprobará, previsiblemente, el martes 6 de julio en el Consejo de Ministros. Después, la idea es que en septiembre se esté tramitando en el Congreso y el 1 de enero de 2022 entre en vigor.

Como novedad, en el texto se recoge que los interlocutores sociales tienen hasta el 15 de noviembre de este año para negociar la sustitución del factor de sostenibilidad actual por un factor de equidad intergeneracional, que entrará en vigor en 2027 y que se incluirá en la Ley posteriormente a través de una enmienda. 

Seguridad Social ha explicado que si no se alcanza un acuerdo en el marco del diálogo social, el Ejecutivo regulará el mecanismo para que pueda estar definido en el momento de entrada en vigor de la Ley. Una vez aprobado el martes próximo, es probable que se inicie la tramitación del proyecto de Ley en septiembre en el Congreso, según fuentes de Seguridad Social.

Reforma de pensiones

Con el acuerdo se dan cumplimiento a varias de las recomendaciones del Pacto de Toledo, ya que se garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones con la fijación de un mecanismo estable de revalorización, por el que el 1 de enero de cada año se incrementarán las pensiones de acuerdo con la inflación media anual registrada en noviembre del ejercicio anterior. Además, si el dato es negativo, no habrá modificaciones en las pensiones.

En el texto también se establece una evaluación periódica cada cinco años en el marco del diálogo social de este nuevo mecanismo de revalorización. El impacto financiero de esta medida será de 2,5 puntos del PIB entre 2048 y 2050, que es cuando el gasto en pensiones sobre PIB alcanza su máximo. Como novedad, se establece también que en el caso de la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes pasarán a ser mensuales para dar más flexibilidad y fomentar el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilación.

Fuentes de Seguridad Social han indicado que solamente habrá periodos transitorios de aplicación de los coeficientes reductores en el caso de las pensiones máximas, ya que en el resto de los casos entrarán en vigor con la norma. En un comunicado, Seguridad Social ha señalado que, en la mayoría de los casos, los coeficientes serán más bajos que los actualmente vigentes con el fin de incentivar pequeñas demoras en la salida del mercado laboral.

Además, a las personas que accedan a la jubilación por causa no imputable al trabajador, se les aplicarán los coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria en aquellos supuestos en los que quien se jubila anticipadamente de forma voluntaria esté percibiendo el subsidio de desempleo desde hace, al menos, tres meses.

La eliminación de los aspectos regresivos del sistema, por la que se eliminará gradualmente la regulación para personas con ingresos superiores a la pensión máxima se hará de forma progresiva durante un plazo de 10 años a partir del 1 de enero de 2024.

Por otro lado, en el caso de la jubilación anticipada involuntaria, se establecen coeficientes mensuales, en lugar de trimestrales y, en los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria se pasarán a aplicar en determinación de la pensión de jubilación anticipada voluntaria los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es más favorable que el que había hasta ahora. Respecto a las jubilaciones anticipadas por razón de actividad, se modificará el procedimiento de solicitud y se precisarán más detalles de la peligrosidad y penosidad.

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