Para tener el 100%

La nueva edad de jubilación para 2022: cómo cambia el acceso a la pensión

Está previsto que en las próximas semanas aterrice en el Congreso la reforma de las prestaciones que el Gobierno aprobó como proyecto de ley en el último consejo de ministros de agosto.

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La nueva edad de jubilación para 2022: cómo cambia el acceso a la pensión
Yannes Kiefer / Unplash

Está previsto que en las próximas semanas aterrice en el Congreso la reforma de las pensiones que el Gobierno aprobó como proyecto de ley en el último consejo de ministros de agosto. La idea, se prevé desde Moncloa, es que se consiga la mayoría de apoyos en la cámara baja para que entre en vigor el mismo 1 de enero de 2022. Recordemos que las primeras medidas (la segunda batería llegará más adelante) tienen como objetivo garantizar el poder adquisitivo de las prestaciones, mediante su vinculación con el IPC, así como adecuar la edad efectiva de jubilación a la edad legal, mediante mayores penalizaciones al retiro anticipado, así como incentivos al demorado. 

Con todo, el próximo año será clave para todos aquellos pensionistas y jubilados o trabajadores que tienen pensado abandonar su actividad laboral. Sin ir más lejos, tal y como publicaba ayer mismo La Información, el Gobierno tiene pensado incluir un alza de las prestaciones del 1,9% en los presupuestos generales del estado (PGE) 2022 que ya han empezado a negociar. De este modo, la prestación por jubilación subiría 23 euros mensuales, la de viudedad 14 euros mensuales o la de incapacidad, 19 euros mensuales. 

Además, otra cosa que se debe tener en cuenta, es que en 2022 -siguiendo la tabla fijada por la Seguridad Social hasta 2027- cambiarán los requisitos para acceder a la jubilación y poder optar al 100% de la pensión. Veamos, actualmente la edad legal está fijada a los 65 años, si se tienen 37 años y 3 meses o más cotizados; o a los 66 años, si se tienen menos de 37 y 3 meses cotizados. 

Por tanto, la nueva edad de jubilación en 2022 para obtener el 100% de la pensión será a los 65 años, si se han cotizado 37 años y 6 meses o más; con menos de 37 años y 6 meses, la edad será de 66 años y 2 meses. 

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Las nuevas jubilaciones con la reforma

Habrá también que tener en cuenta las nuevas jubilaciones que vendrán con la reforma de pensiones. En el caso de la jubilación demorada, el texto contempla que no se cotizará por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria que corresponda en cada caso.

También ofrece tres tipos de incentivos para el retraso de la jubilación, a elegir por el trabajador, por cada año de demora: un porcentaje adicional del 4% (que se sumará al que corresponda de acuerdo con el número de años cotizados y se aplicará a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión); una cantidad a tanto alzado (pago único) en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas, o una combinación de estas dos medidas. El pago único oscilará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros.

En cuanto a la anticipada, los nuevos coeficientes reductores incluidos en esta reforma se aplicarán sobre la cuantía de la pensión, y siempre respetando la limitación máxima. Cuando la pensión supere el límite establecido para el importe de las pensiones, los coeficientes reductores se aplicarán de manera gradual, en un plazo de diez años, a contar desde el 1 de enero de 2024.

Como novedad, se establece que en el caso de la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes reductores de la pensión pasarán a ser mensuales, no trimestrales, y solamente habrá periodos transitorios de aplicación de los mismos en el caso de las pensiones máximas.

En la mayoría de los casos estos coeficientes serán más bajos que los actualmente vigentes a cambio de retrasar el anticipo de la jubilación dos meses. Para quienes tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses, adelantar su jubilación 24 meses supondrá una reducción en su pensión de entre el 21% y el 3,26% (1 mes antes); para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses) y la mínima del 3,11% (1 mes).

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