El trabajador de la empresa palentina afirma que realizó horas extras a su jornada anual de 1.800 horas durante más de cinco años, desde 2018 hasta 2022, sin que fueran recompensadas según el Convenio Colectivo
Los magistrados han confirmado la absolución del exjugador después de estudiar los servicios jurídicos del Estado, que ya habían alegado ante el TSJ que con la absolución se había vulnerado la tutela judicial efectiva.
Todo se remonta a un caso en el que una empresa de seguros despidió a una persona trabajadora que se dedicaba a comercializar estos productos por, supuestamente, no haber alcanzado un objetivo de ventas pactado.
El pasado 24 de julio el grupo francés fijó el horario de atención al público de 9.00 a 21.30 horas, en lugar de 9.00 a 21.00 horas, que era el horario establecido cuando eran empleados del grupo Dia y El Árbol.
El Alto Tribunal asegura que no existen causas objetivas ni descenso en el desempeño del trabajador en su despido, sino una mera estrategia de rejuvenecimiento de la plantilla.
Una sentencia pionera del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma la presunción de que la empresa debe demostrar que no existen horas extra sin abonar mediante el registro horario.
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Un magistrado de Navarra plantea a Europa que el complemento de reducción de la brecha de género que las mujeres pensionistas con hijos cobran automáticamente podría infringir el principio de no discriminación
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratifica el fallo que establecía el despido como nulo y una indemnización de 5.000 euros a pagar por la empresa, por vulnerar el derecho a la integridad física
El TSJM ratifica la sentencia que afirma que si un empleado percibe un complemento en su nómina de disponibilidad, puede ser contactado en horas de descanso y que estos tienen la obligación de acudir a trabajar.
La ley antiopas decretada durante el estado de alarma obliga a los fondos radicados fuera de la Unión Europea a pedir autorización a los inversores en caso de que pasen a controlar más del 10% de una empresa nacional.
La sala de lo social del Tribunal Supremo ha fallado a favor de los trabajadores de la Aena, que reclamaron la eliminación por parte de la empresa de la bonificación de comida para los trabajadores del turno de tarde
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) no es firme, ya que contra la misma cabe la interposición de un recurso de casación para la unificación de doctrina que resolvería la Sala Cuarta del Supremo.
La condición de trabajador con un contrato de duración indefinida no fija puede deberse a diferentes causas, como la contratación temporal ilícita, la superación del plazo máximo de duración del contrato de trabajo u otras.
En la sentencia que fija este criterio, el Alto Tribunal desestima el recurso de la Administración General del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional de 21 de mayo de 2021.
El control del uso de internet en el trabajo no es considerado abusivo si no afecta negativamente a la empresa ni a otros empleados, según el TSJM, ya que es equiparable a distracciones o ausencias durante la jornada laboral.
La empresa comunicó a su empleado los motivos de su despido que carecían de una retribución por la misma, sin embargo tras la insistencia del empleado, el Tribunal de Justicia ha decidido posicionarse a favor del despedido.
El TS avala la decisión del beneficiario de una pensión de la SS que la renunció para seguir cotizando y conseguir una cuantía más elevada, al entender que no es una situación irreversible ni una renuncia al derecho a la jubilación.
La Comisión Europea ha advertido de que esta proposición de ley puede "deteriorar" el humedal ya que "parece ir en dirección contraria" a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TJUE) que obliga a protegerlo.
La decisión ha sido recurrida ya por los promotores de la nueva Denominación de Viñedos de Álava, que han interpuesto sendos recursos contra el auto del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)
Entre abril de 2019 y marzo de 2020 el empleado percibió su retribución un retraso medio de 10,5 días, que la empresa justificó por las deudas que mantenía con la Tesorería General de la Seguridad Social.
A pesar de que la sentencia aún no es firme, el juez recuerda que debido al registro informático de su actividad laboral demuestra que estaba prestando servicios, salvo el pequeño descanso que tomó a las 19.36 horas.
En una sentencia dada a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Audiencia confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal, afirmando que la mujer es autora de un blanqueo de capitales.
El empleado llevaba a cabo su trabajo en horario distinto al establecido por la empresa, trabajando antes y después, en fines de semana y festivos, así como en vacaciones, tal y como constató un detective privado.
Tras la regularización tributaria, la recurrente obtuvo a su favor una resolución de la Generalidad Valenciana que le reconocía una minusvalía del 77 % y una movilidad reducida con 7 puntos.
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