Requisitos que deben cumplir

Todas las prestaciones y ayudas disponibles en 2021 por tener un hijo

Estos tipos de subsidios permiten a las familias con hijos/as facilitar la crianza y el cuidado del menor. Además, desde 2021, los padres y madres disfrutarán del mismo tipo de permiso de nacimiento. 

Una familia.
Una familia.
Imagen de nastya_gepp en Pixabay.

A pesar del las predicciones sobre la llamada 'generación pandemia', que pronosticaba un baby boom tras los primeros meses de confinamiento, la tasa de natalidad continúa descendiendo. El número de nacimientos se redujo de forma interanual en un 4,2% en el primer trimestre de 2020 y la media de hijos por mujer es actualmente de 1,31 hijos, según los datos del Instituto Nacional de Estadística

A esto se suma que la precariedad de los empleos, las altas tasas de paro (que se han visto aún más afectadas por la pandemia de la Covid) o el precio de la vivienda añaden dificultad a la planificación familiar. Algunas de estas razones son las que han llegado a situar la edad media de maternidad en 32 años. España se encuentra en segunda posición entre los países de la UE con cifras más bajas de fecundidad.

Hoy en día, las familias tienen la oportunidad de acceder a una serie de ayudas adicionales que faciliten la manutención y cuidado de los niños. Veamos, a continuación, las prestaciones disponibles y los requisitos imprescindibles para acceder a las mismas.

Baja de maternidad y paternidad

Este 2021 una de las grandes medidas ha sido la equivalencia de los permisos de paternidad y maternidad para padres y madres con una duración de 16 semanas, aunque el Gobierno quiere ampliarlo a seis meses. Según lo establecido por ley, estos días deben disfrutarse de manera simultánea y obligatoria inmediatamente después del nacimiento del niño o resolución judicial o administrativa en casos de adopción.

Por otro lado, las 10 semanas restantes podrán ser de elección propia. Se disfrutarán en periodos semanales tanto acumulativo como interrumpido en los 12 meses siguientes del parto o adopción. Estos permisos son intransferibles, lo que quiere decir que no pueden intercambiarse entre los padres y madres.

Este permiso podrá ampliarse hasta una semana por cada uno de los progenitores en los siguientes casos: tener un segundo hijo, nacimiento múltiple o discapacidad del menor. Y en situaciones de parto prematuro y hospitalización por un periodo superior a 7 días podría ampliarse hasta 13 semanas como máximo. Los padres y madres podrán conocer el estado de su solicitud de descanso en el Instituto Social de la Seguridad Social (INSS)

Prestación por nacimiento y cuidado de un hijo

Por el hecho de tener un hijo, las familias pueden recibir un ayuda económica adicional. Es un subsidio con un pago único de 1.000 euros que pueden percibir las madres solteras, personas con alguna discapacidad y familias numerosas, incluidos los adoptantes.

En este derecho se tendrán en cuenta los ingresos, limitando a quienes superen el nivel máximo. En este segundo caso la prestación se abonará la diferencia proporcional con dichos ingresos.

  • Con un hijo a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 12.424 euros. Nivel máximo de ingresos: 13.395,59 euros.
  • Con dos hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 14.287,60 euros. Nivel máximo de ingresos: 15.230,77 euros.
  • Con tres hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 16.151,20 euros. Nivel máximo de ingresos: 17.065,95 euros.
  • Con cuatro hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 18.014,80 euros. Nivel máximo de ingresos: 18.901,14 euros.
  • Con cinco hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 19.878,40 euros. Nivel máximo de ingresos: 20.736,32 euros.

Esta prestación es equivalente al 100% de la base reguladora, equivalente a la de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Se podrá solicitar a partir del día siguiente del nacimiento o adopción y prescribirá a los cinco años.

 Los requisitos establecen que los beneficiarios estén afiliados a la Seguridad Social y cumplir con los mínimos de cotización, además de estar al corriente con el pago de cuotas. Más detalles de esta prestación en la página web de la Seguridad Social.

Ayuda familiar por menor acogido

Esta es una prestación dirigida a adoptantes. En este caso se limita a los menores de 18 años o mayores de esa edad con alguna discapacidad igual o mayor al 65%. 

En ambos casos el pago a percibir puede variar según la edad o el grado de discapacidad del menor, existiendo además unos límites máximos de ingresos.

La ayuda por hijo menor a cargo con o sin discapacidad se integra desde este año en el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para mayores de 18 años con discapacidad igual o menor del 65% se establece un pago de 4.747,20 euros anuales (lo que suponen 395,60 euros al mes). Los padres a cargo de mayores de 18 años con discapacidad igual o menor al 75% no contemplan limitaciones de ingresos. La prestación será de 7.120,80 euros al años (593,40 euros al mes).

Complemento de maternidad de las pensiones

Este 2021 se ha aprobado el complemento que trata de disminuir la brecha de género entre hombres y mujeres en las pensiones. Este suplemento de 378 euros por cada hijo o hija entró en vigor por primera vez en el año 2016, bajo el mandato del Partido Popular de Mariano Rajoy, y ahora han ampliado sus condiciones.

Uno de los progenitores podrá solicitarlo desde el primer hijo biológico o adoptado y hasta un máximo de cuatro. Aunque está dirigido a mujeres, también tendrán acceso aquellos hombres que cumplan con los requisitos. El complemento se ha ideado para compensar la alteración en las carreras profesionales de los padres o madres. Si ninguno lo pide o ambos se encuentran en el mismo grado de perjuicio el derecho será reconocido para la madre, según determinan en el documento del BOE.

En las situaciones donde ambos progenitores sean dos padres o dos madres se favorecerá a la persona que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.

Ingreso Mínimo Vital

Con la nueva prestación general del Ingreso Mínimo Vital (IMV) se integran diferentes ayudas estatales. Este subsidio mensual engloba diferentes perfiles, entre los que se encuentran las unidades de convivencia que afectan a padres y madres. Los progenitores podrán percibir el IMV en función de las familias y menores a cargo así como los ingresos previos. Más información sobre duración y requisitos en la página web de la Seguridad Social.

  • Unidades familiares formadas por dos adultos y un menor recibirán 751,89 euros.
  • Las unidades familiares monoparentales con un menor optarán a 714,30 euros.
  • Las unidades familiares monoparentales con dos menores recibirán  855,28 euros.
  • Las unidades familiares monoparentales con tres o más menores menores percibirán 996,26 euros.

Actualmente la determinación de unidades de convivencia se han flexibilizado y han ampliado sus condiciones. De manera que se contemplan el número mínimo de titulares por unidad de convivencia, se reconocen los servicios residenciales de uso colectivo o temporal y se tendrán en consideración las situaciones familiares en las que haya unidades de convivencia independientes o transitorias (divorcios, separaciones, accidentes o desahucios).

Bonificaciones para contratar un cuidador familiar

Las familias que necesiten contratar un empleado del hogar para el cuidado del menor podrán acceder a una bonificación del 45% en las cuotas de la Seguridad Social. Esta deducción está dirigida a familias numerosas o monoparentales. Todos los detalles y especificaciones en la web.

Reducciones de jornada por lactancia

Los permisos de lactancia son equivalentes para ambos padres y madres así como intransferibles hasta los 9 meses. Este permiso puede perderse en caso de no usarlo y tiene flexibilidad de elección por parte de los progenitores.

  • Establecer media hora libre y retribuida cada día laborable, al principio o al final de la jornada establecida.
  • Una hora libre y retribuida por día laborable dentro de la jornada.
  • Acumular las horas libres en diferentes días a elección. También será retribuidas y son diferentes del permiso de nacimiento y cuidado el menor.

También es posible compatibilizar este permiso con la reducción de jornada por cuidado de un menor, pero no con la excedencia por cuidado de un hijo menor de tres años.

Ayuda de 100 euros a madres trabajadoras

Esta prestación es exclusiva para madres trabajadoras, tanto por cuenta ajena como autónomas, y se obtiene como deducción anual en el IRPF de un máximo de 1.200 euros anuales hasta que el menor tenga tres años. En este caso se contemplan los hijos nacidos o adoptados en el territorio español.

O si lo prefiere, la madre también puede solicitar un abono anticipado por 100 euros mensuales, con la misma limitación de edad. Consulte más detalles en la página web de la Agencia Tributaria.

Prestaciones del SEPE

El Servicio de Empleo Público (SEPE) ofrece diferentes ayudas a las familias que complementan otras prestaciones del nacimiento y cuidado del menor. Cada una de las prestaciones cuenta con unos requisitos concretos que hay que verificar en el SEPE. 

  • Ayuda familiar: es un subsidio para madres con cargas familiares que hayan agotado la prestación de desempleo. Entre los requisitos se destacar estar en paro, inscrito como demandante de empleo, tener responsabilidades familiares y carecer de rentras, entre otros. Para más detalles o solicitar esta prestación consulte la página web del SEPE. Su duración es de 6 meses que pueden ser prorrogables por semestres. La cuantía mensual es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
  • Subsidio por insuficiencia de cotización: esta prestación está dirigida a personas que no hayan cotizado lo suficiente para acceder a la prestación contributiva. Según los requisitos los solicitantes deben estar desempleados, inscritos como demandantes de empleo, haber cotizado al menos 3 meses (con responsabilidades familiares) o 6 meses (sin responsabilidades), sin haber llegado a los 360 días cotizados. Además tampoco pueden percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). La duración es proporcional a los meses cotizados o responsabilidades familiares y la cuantía es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Se puede solicitar y verificar que se cumplen con los requisitos en la web del SEPE.

Además, la Seguridad Social cuenta con un buzón de consultas y simulador de prestaciones donde los demandantes pueden verificar a qué ayudas o subsidios pueden acceder.

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