Prestaciones mínimas

La tabla de la Seguridad Social con la cuantía de todas las pensiones mínimas

Por jubilación, viudedad, orfandad... consulta cuál es el ingreso mínimo de las prestaciones, en función de si tiene cónyuge o no, etc. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

En las próximas semanas, la reforma de las pensiones llegará (por fin) al Congreso de los Diputados. Lo hace más de medio año después de que el Pacto de Toledo diese, en noviembre de 2020, luz verde a la modificación de un sistema, que ha sido objeto de debate durante los últimos cuatro años, repartido en nada menos que cuatro legislaturas. El paquete de medidas se irá aprobando de forma gradual en los próximos años, aunque en 2021 llegarán los dos primeros cambios legislativos: subir las pensiones con el IPC, y, por otro lado, incentivar la jubilación demorada y penalizar la anticipada. 

Uno de los objetivos clave del encargado de diseñar la reforma de las pensiones, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, es mantener el poder adquisitivo de las prestaciones. Y es que cada mes, la Seguridad Social desembolsa en torno a 290 millones de euros para pagar los complementos a mínimos de los jubilados, cifra a la que se suma otros cerca de 198 millones de euros, con el objetivo también de 'bonificar' aquellas pensiones de viudedad, orfandad, a favor de familiares y de incapacidad permanente que tampoco llegan al mínimo. El dato es el siguiente: uno de cada cinco jubilados necesita 221 euros para llegar a la prestación mínima, evitar la pobreza y cobrar una pensión digna. 

Recordemos, además, que la cuantía de las pensiones contributivas subió un 0,9% a principios de este año. Las prestaciones de la Seguridad Social se abonan en 14 pagas. El máximo se sitúa actualmente en torno a los 2.707,49 euros mensuales. Mientras, las mínimas para este año son las siguientes:

Jubilación con 65 años o más: 

  • Con cónyuge a cargo: 851 euros al mes
  • Sin cónyuge: 689,65 euros al mes
  • Con cónyuge no a cargo: 654,60 euros al mes​

Jubilación con menos de 65 años

  • Con cónyuge a cargo: 797,9 euros al mes
  • Sin cónyuge: 645,3 euros al mes
  • Con cónyuge no a cargo: 609,9 euros al mes​

Incapacidad permanente de gran invalidez

  • Con cónyuge a cargo: 1.276,50 euros al mes
  • Sin cónyuge: 1.034,60 euros al mes
  • Con cónyuge no a cargo: 981,9 euros al mes​

Incapacidad absoluta o total de los titulares de 65 años o más

  • Con cónyuge a cargo: 851 euros al mes
  • Sin cónyuge: 689,7 euros al mes
  • Con cónyuge no a cargo: 654,6 euros al mes​

Incapacidad total de los titulares de entre 60 y 64 años

  • Con cónyuge a cargo: 797,9 euros al mes
  • Sin cónyuge: 645,3 euros al mes
  • Con cónyuge no a cargo: 609,9 euros al mes​

Incapacidad derivada de una enfermedad común para menos de 60 años

  • Con cónyuge a cargo: 508,5 euros al mes
  • Sin cónyuge: 504 euros al mes
  • Con cónyuge no a cargo: 508,5 euros al mes​

Viudedad

  • Con cargas familiares: 797,9 euros al mes
  • Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 689,7 euros al mes
  • Titulares de entre 60 y 64 años: 654,3 euros al mes
  • Menores de 60 años sin cargas: 522,5 euros al mes

Orfandad

  • Por beneficiario: 210,8 euros al mes
  • Para menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%: 414, 7 euros al mes
  • Para casos de orfandad absoluta: 733,3 euros al mes para un solo beneficiario

Para obtener el complemento a mínimos en las pensiones contributivas es necesario que el beneficiario no perciba rentas de capital o de trabajo personal, y si las percibe no deben exceder la cuantía que se establece anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Además, el complemento no puede superar en ningún caso más de 403 euros mensuales, que es el importe de las mínimas no contributivas, cuyos beneficiarios son mucho más vulnerables económicamente y que, además, no pueden acreditar al menos los 15 años de cotización. 

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