Consultorio laboral

Estar en ERTE desde marzo y cobrar en B: ¿se puede demandar a la empresa?

Trabajar estando en ERTE, horas extra al año, despido mientras trabajas a media... Cuéntanos tu caso escribiendo a consultoriolaboral@lainformacion.com con el asunto 'Pregunta al Consultorio Laboral'.

El mazo de un juicio y billetes de euro.
El mazo de un juicio y billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

La crisis del coronavirus ha evidenciado un problema que estaba instalado en España mucho antes de la pandemia, el trabajo en B, con una nueva variante: en los últimos meses, numerosas empresas se han acogido a un ERTE y, algunas de ellas, han tratado de compensar la falta de ingresos provocada por la paralización de la actividad ofreciendo a sus empleados seguir trabajando unas horas al día, pagadas a espaldas de la Seguridad Social y el SEPE. Por eso, existen muchas dudas sobre cómo proceder a la hora de tratar de regularizar la situación. ¿Se debe demandar a la empresa? Resolvemos estas y otras cuestiones en el Consultorio Laboral de 'La Información'.

¿Tienes dudas sobre ERTE, empleo o derechos laborales? ¿Quieres saber cómo ser más productivo o cómo gestionar talento en tu empresa? Desde 'La Información' queremos ayudarte a resolver todas tus dudas. Cuéntanos tu caso por varias vías: escríbenos a consultoriolaboral@lainformacion.com con el asunto 'Pregunta al Consultorio Laboral'; en Twitter, con el hashtag #ConsultorioLaboral y mencionando a @la_informacion; o a través de nuestro LinkedIn. Esta semana resolvemos dudas sobre cuestiones como los días libres que corresponden a la semana, el consumo de paro y las bajas laborales durante un ERTE o, precisamente, cómo evitar la bancarrota por las indemnizaciones tras el cierre de un bar o restaurante.

1. Cómo se calcula una indemnización en media jornada

PREGUNTA: Llevo trabajando muchos años en una empresa de hostelería a media jornada. Si me despiden después de tantos años, ¿contarían con mi jornada completa o con mi media jornada para la indemnización?

Camarero Chamberí
1. Cómo se calcula una indemnización en media jornada

Samuel Martínez R.

RESPUESTA: Entendemos que se trata de un caso de trabajo parcial horizontal (trabajas todos los meses del año 4 horas al día y no 6 meses al año a razón de 8 horas diarias). En ese caso, la indemnización se calcula en base al salario percibido por esa media jornada y la misma antigüedad que otro empleado que trabajase a jornada completa. Actualmente, la cantidad resulta de multiplicar el salario base diario por 20 días al año en caso de despido procedente (hasta un máximo de 12 mensualidades) o 33 días al año en caso de improcedente (hasta un máximo de 24 mensualidades).

2. Máximo de horas extra en un año

PREGUNTA: ¿Las horas extras remuneradas se incluyen dentro del cómputo anual total legal de 1.826 horas de trabajo? A 31 de diciembre he sumado en total 1.935 horas en 2020. ¿Qué puedo hacer?

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2. Máximo de horas extra en un año

EUROPA PRESS

RESPUESTA: Según el Estatuto de los Trabajadores, el máximo de horas anuales de trabajo es de 1.826, a las que el empleado tiene derecho a sumar otras 80 en calidad de horas extras remuneradas (sin contar las que hayan sido compensadas mediante descanso). En tu caso, superarías el límite y es una situación que puedes reclamar al empresario por incumplimiento grave del contrato.

3. Cuándo se pueden enviar comunicaciones al móvil personal

PREGUNTA: ¿Está permitido que la empresa me envíe en mi jornada laboral mensajes, vídeos tutoriales, aplicaciones de control del horario y llamadas a mi móvil particular?

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3. Cuándo se pueden enviar comunicaciones al móvil personal

EUROPA PRESS

RESPUESTA: La jurisprudencia actual prohíbe expresamente comunicaciones al móvil personal del trabajador en varios supuestos: despido, cambio de condiciones laborales, traslado del lugar de trabajo... Pero en tu caso entendemos que se trata de comunicaciones que no cambian el estatus laboral y, por tanto, es complicado que sean consideradas en una hipotética demanda, siempre y cuando estén pactadas en el contrato o así lo establezca tu convenio colectivo. Otra cuestión es, por ejemplo, que la empresa se comunique contigo a través de aplicaciones como Whatsapp sin tu permiso (ya que tu foto de perfil o tu estado son datos personales), o que se comunique sistemáticamente contigo fuera del horario laboral, desatendiendo tu derecho a la desconexión digital.

4. Cobrar la prestación extraordinaria como fijo discontinuo

PREGUNTA: ¿Puede la empresa desafectar a un empleado de un ERTE para que cobre la prestación extraordinaria como fijo discontinuo?

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4. Cobrar la prestación extraordinaria como fijo discontinuo

Europa Press

RESPUESTA: El requisito que establece el Real Decreto-ley 30/2020 para esta fórmula es que esas personas hayan estado afectadas, durante todo o parte del último periodo teórico de actividad, por un ERTE de fuerza mayor o ETOP por COVID-19. En estos casos será la empresa la obligada a presentar una solicitud colectiva de prestaciones extraordinarias para que puedan beneficiarse los empleados cuando dejen de estar afectados por el ERTE por alcanzarse la fecha en que hubiera finalizado el periodo de actividad (el final de su campaña).

5. Cobrar en B de la empresa estando en ERTE

PREGUNTA: Soy comercial, llevo en ERTE desde marzo y la empresa me propuso atender a los clientes por teléfono o correo electrónico desde casa, pagándome el tramo que no cubre el SEPE. Pero no lo ha hecho. ¿Puedo demandar a la compañía por impago?

RESPUESTA: Todo depende del tipo de ERTE en el que te encuentras: si es un ERTE de reducción de jornada, teóricamente podrías trabajar unas horas al día, por lo que legalmente tienes derecho a cobrar (y a demandar) esas horas. Pero si has trabajado estando en situación de ERTE por fuerza mayor, teóricamente lo has hecho de forma fraudulenta, del mismo modo que un trabajador que cobra en B. La ley sí permite trabajar para otra empresa mientras dure el ERTE en tu trabajo habitual, pero no trabajar y estar en ERTE en la misma empresa.

cuéntanos tu caso

  • ¿Hay trabajo más allá de un ERTE? ¿Qué derechos tiene un empleado con la nueva Ley del Teletrabajo? ¿Qué habilidades son las más importantes en el CV para encontrar empleo? Desde 'La Información' queremos ayudarte a resolver tus en nuestro nuevo Consultorio Laboral. ¿Es tu caso? Escríbenos a consultoriolaboral@lainformacion.com con el asunto 'Pregunta al Consultorio Laboral'.
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