
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la sentencia por la que una empresa deberá indemnizar a un ciudadano vigués acusado de no pagar una deuda que no existió.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la sentencia por la que una empresa deberá indemnizar a un ciudadano vigués acusado de no pagar una deuda que no existió.
Entre los recursos examinados con implicación exclusiva de Administraciones Públicas se encontraba el presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) contra el Ayuntamiento de Madrid.
Si la devolución del recibo no es justificable, la empresa proveedora de los servicios o bienes podría demandar al usuario o incluirlo en la lista de morosos.
La Policía Nacional ha desmontado la red que consiguió engañar a los afectados mediante llamadas que se cobraban a 1,57 euros por minuto, y en muchos casos estas conversaciones se alargaban media hora.
Estos documentos sirven de mecanismo para mostrar a terceros las personas físicas y jurídicas que presuntamente no han pagado algunas facturas.
Esta normativa proporciona cierto alivio a las personas físicas o los autónomos que se han visto endeudados para saldar sus débitos y facilita la estabilidad a nivel económico, empresarial y personal.
“Ni el Gobierno ni las instituciones médicas se han librado de las estafas en las compras realizadas durante crisis de la Covid-19”, apunta Mario Mazaira, CEO de iMorosity.
El trámite que hay que solicitar en el BDE es el informe de riesgos a la Central de Información de Riesgos
La Agencia Tributaria ha publicado este lunes el listado de deudores con Hacienda, incluyendo deudas desde los 600.000 euros. La mayoría de morosos son empresas pero hay más de 1.000 particulares.
En esta ocasión, se ha incrementado un 88% más que en el anterior listado. Una de las razones es el endurecimiento de los criterios, que pone un límite más bajo que en otros periodos.
Entre las dificultades que representa figurar en esta base de datos se encuentra la obstaculización de procesos financieros como la solicitud de un préstamo o una tarjeta de crédito o la compra de un inmueble.
El Banco Santander se opuso a que el juez instructor José Luis Calama ordenara excluir de estos listados a las empresas que recibieron financiación del banco extinto para participar en su ampliación de capital.
En caso de sobrepasar la nueva cifra marcada por el Gobierno en la ley antifraude, los implicados podrán enfrentarse a importantes multas o entrar en el listado de morosos.
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama acordó como medida cautelar que no se incluyeran en estos ficheros a los clientes que recibieron financiación para participar en la ampliación de capital de 2016.
Desde el teléfono, el agua o luz, hasta asuntos editoriales, cualquier deuda es susceptible de acabar reflejada en esta lista.